Bolivia: Ley Nº 1050, 27 de enero de 1989

VÍCTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Se autoriza al Ministerio de Educación y Cultura, la transferencia en forma gratuita, a favor del Ministerio de Transporte y Comunicaciones el lote de terreno urbano, sito en la esquina formada por las calles: “Manuelita Suárez” y “Cobija”, en la ciudad de Santa Ana de Yacuma, de su propiedad, terreno en el cual se construirá el edificio de Telecomunicaciones.

Artículo 2°.- Los Ministerios de Educación y Cultura y de Transportes y Comunicaciones perfeccionarán los detalles de la transferencia dispuesta por la presente ley.


Pase al Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinticuatro días del mes de enero de mil novecientos ochenta y nueve años.
Fdo. H. CIRO HUMBOLDT BARRERO, PRESIDENTE DEL H. SENADO NACIONAL.- H. WÁLTER SORIANO LEA PLAZA, PRESIDENTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.- H. ALFREDO CUÉLLAR VARGAS, Senador Secretario.- H. CARLOS AZAD ARCE, Senador Secretario.- H. ULISES HURTADO CUÉLLAR, Diputado Secretario.- H ANGEL GUTIERREZ ALVARADO, Diputado Secretario.
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a veintisiete días del mes de enero de mil novecientos ochenta y nueve años.
Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.- ANDRES PETRICEVIC RAZNATOVIC, Ministro de Transportes y Comunicaciones.- ENRIQUE IPIÑA MELGAR, Ministro de Educación y Cultura.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1050, 27 de enero de 1989
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioEdificio de telecomunicaciones de Santa Ana de Yacuma. Transfiérese terreno, sito en las calles Manuelita Suárez y Cobija, con destino a su construcción
KeywordsLey, enero/1989
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1050
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. H. CIRO HUMBOLDT BARRERO, PRESIDENTE DEL H. SENADO NACIONAL.- H. WÁLTER SORIANO LEA PLAZA, PRESIDENTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.- H. ALFREDO CUÉLLAR VARGAS, Senador Secretario.- H. CARLOS AZAD ARCE, Senador Secretario.- H. ULISES HURTADO CUÉLLAR, Diputado Secretario.- H ANGEL GUTIERREZ ALVARADO, Diputado Secretario. Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.- ANDRES PETRICEVIC RAZNATOVIC, Ministro de Transportes y Comunicaciones.- ENRIQUE IPIÑA MELGAR, Ministro de Educación y Cultura.
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Referencias a esta norma

[BO-L-N1050] Bolivia: Ley Nº 1050, 9 de abril de 2018
07 DE ABRIL DE 2018.- Aprueba el Contrato de Servicios Petroleros para la Exploración y Explotación en Áreas Reservadas a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos – YPFB, correspondiente al Área Astillero, ubicada en el Departamento de Tarija, suscrito en fecha 15 de enero de 2018, entre YPFB y las empresas YPFB CHACO S.A. y PETROBRAS BOLIVIA S.A.

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