Bolivia: Ley Nº 1043, 23 de diciembre de 1988

VÍCTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo Único.- Se eleva a rango de ley, el Decreto Supremo Nº 21826 de fecha 31 de diciembre de 1987, a favor de los directores, empleados y demás personal de la Casa de la Libertad, y el Archivo y Biblioteca Nacionales en Sucre; Casa de la Moneda en Potosí y Museo de Etnografía y Folklore en La Paz.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 12 de diciembre de 1988.
Fdo. H. CIRO HUMBOLDT BARRERO, PRESIDENTE DEL H. SENADO NACIONAL.- H. WÁLTER SORIANO LEA PLAZA, PRESIDENTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.- H. ALFREDO CUÉLLAR VARGAS, Senador Secretario.- H. CARLOS AZAD ARCE, Senador Secretario.- H. NEISA ROCA HURTADO, Diputado Secretario.- H ULISES HURTADO CUÉLLAR., Diputado Secretario.
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a veintitres días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y ocho años.
Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.- RAMIRO CABEZAS MASSES, Ministro de Finanzas.- ENRIQUE IPIÑA MELGAR, Ministro de Educación y Cultura.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1043, 23 de diciembre de 1988
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCasa de la libertad, archivo y biblioteca nacionales, casa de la moneda y museo de etnografía y folklore. Elévase a rango de Ley el d.s. 21826 de 31/12/1987 a favor de su personal
KeywordsLey, diciembre/1988
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1043
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. H. CIRO HUMBOLDT BARRERO, PRESIDENTE DEL H. SENADO NACIONAL.- H. WÁLTER SORIANO LEA PLAZA, PRESIDENTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.- H. ALFREDO CUÉLLAR VARGAS, Senador Secretario.- H. CARLOS AZAD ARCE, Senador Secretario.- H. NEISA ROCA HURTADO, Diputado Secretario.- H ULISES HURTADO CUÉLLAR., Diputado Secretario. Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.- RAMIRO CABEZAS MASSES, Ministro de Finanzas.- ENRIQUE IPIÑA MELGAR, Ministro de Educación y Cultura.
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Enlaces con otros documentos

Referencias a esta norma

[BO-DS-22288] Bolivia: Decreto Supremo Nº 22288, 4 de agosto de 1989
Aprobar el presupuesto Financiero del banco Central de Bolivia para la gestión 1989, con cargo a parobación del Poder Legislativo, que alcanza la suma de Bs. 90.865.581.-(NOVENTA MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y UN 00/100 BOLIVIANOS).
[BO-L-N1043] Bolivia: Ley Nº 1043, 7 de abril de 2018
04 DE ABRIL DE 2018.- Aprueba la enajenación, a título gratuito, de un lote de terreno con una superficie de 2.500,00 metros cuadrados (m²), de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Villa Serrano, ubicado en la comunidad Huerta Mayu del Municipio de Villa Serrano, Provincia Belisario Boeto del Departamento de Chuquisaca, a favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB, con destino exclusivo para la construcción e instalación de una Estación de Servicio.

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