Artículo Único.- Se autoriza al Poder Ejecutivo a la consecución del financiamiento necesario, para la realización del Proyecto Agropecuario Padilla, correspondiendo a CRODECH la otorgación de los recursos de contraparte.
Norma | Bolivia: Ley Nº 1021, 24 de octubre de 1988 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Proyecto agropecuario padilla. Autorízase al poder ejecutivo la consecución de financiamiento para su realización | ||||
Keywords | Ley, octubre/1988 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1021 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | FDO. CIRO HUMBOLDT BARRERO, PRESIDENTE DEL H. SENADO NACIONAL.- H. WÁLTER SORIANO LEA PLAZA, PRESIDENTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.- H. ALFREDO CUÉLLAR VARGAS, Senador Secretario.- H. CARLOS AZAD ARCE, Senador Secretario.- H. ANGEL GUTIERREZ ALVARADO, Diputado Secretario.- H. ULISES HURTADO CUÉLLAR, Diputado Secretario.s Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA.- FERNANDO ROMERO MORENO, Ministro de Planeamiento y Coordinación.- RAMIRO CABEZAS MASSES, Ministro de Finanzas. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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