Bolivia: Ley Nº 1004, 11 de julio de 1988

VÍCTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo Único.- Apruébase el convenio de crédito “Ajuste del Sector Financiero” Nº 1925 BO, suscrito entre el Gobierno de Bolivia y la Asociación Internacional de Fomento el 24 de junio de 1988, en la ciudad de Washington, D. C., por 50.600.000.- DEG, equivalente a 70 millones de dólares.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los cuatro días del mes de julio de mil novecientos ochenta y ocho años.
Fdo. H. Ciro Humboldt Barrero.- PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. Walter Soriano Lea Plaza.- PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS.- H. Alfredo Cuellar Vargas.- SENADOR SECRETARIO.- H. Jaime Villegas Durán.- SENADOR SECRETARIO.- H. Gonzalo Simbrón García.- DIPUTADO SECRETARIO.- H. Carlos Farah Aquím.- DIPUTADO SECRETARIO.-
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de julio de mil novecientos ochenta y ocho años.
Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO.- Lic. Juan L. Cariaga Osorio.- Ministro de Finanzas.-

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1004, 11 de julio de 1988
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioApruébase el convenio de crédito y ajuste del sector financiero n° 1925 bo, suscrito entre el gobierno de bolivia y la asociación internacional de fomento el 24 de junio de 1988, en la ciudad de Washington, D.C., por 50.600.000.- DEG, equivalente a 70 mi
KeywordsLey, julio/1988
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1004
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. H. Ciro Humboldt Barrero.- PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. Walter Soriano Lea Plaza.- PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS.- H. Alfredo Cuellar Vargas.- SENADOR SECRETARIO.- H. Jaime Villegas Durán.- SENADOR SECRETARIO.- H. Gonzalo Simbrón García.- DIPUTADO SECRETARIO.- H. Carlos Farah Aquím.- DIPUTADO SECRETARIO.- Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO.- Lic. Juan L. Cariaga Osorio.- Ministro de Finanzas.-
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Referencias a esta norma

[BO-L-N1004] Bolivia: Ley Nº 1004, 13 de diciembre de 2017
13 DE DICIEMBRE DE 2017.- Aprueba el Convenio de Crédito N° CBO 1014 01 E, “Apoyo Presupuestario a la Política Pública sobre la Gobernanza del Sector de Agua en Bolivia”, suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y la Agencia Francesa de Desarrollo – AFD, en fecha 6 de octubre de 2017, por un monto de hasta EUR102.000.000.- (Ciento Dos Millones 00/100 Euros), destinados a cumplir lo establecido en el Convenio de Crédito N° CBO 1014 01 E.

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