CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Se derogan el Parágrafo III del Artículo 6, el Artículo 7, y los incisos a) y b) del numeral 2 del Parágrafo II del Artículo 12 del Decreto Supremo Nº 0890, de 1 de junio de 2011.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 915, 20 de junio de 2011 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Deroga el Parágrafo III del Artículo 6, el Artículo 7, y los incisos a) y b) del numeral 2 del Parágrafo II del Artículo 12 del Decreto Supremo N° 0890, de 1 de junio de 2011. | ||||
Keywords | Gaceta 271NEC, 2011-06-20, Decreto Supremo, junio/2011 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/139304 | ||||
Referencias | 201107a.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Sacha Sergio Llorentty Soliz, María Cecilia Chacón Rendón, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luis Alberto Arce Catacora, José Luis Gutiérrez Pérez, Ana Teresa Morales Olivera, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, José Antonio Pimentel Castillo, Nilda Copa Condori, Daniel Santalla Torrez, Nila Heredia Miranda, Julieta Mabel Monje Villa, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Claudia Stacy Peña Claros, Nardy Suxo Iturry, Elizabeth Cristina Salguero Carrillo, Iván Jorge Canelas Alurralde. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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