Bolivia: Decreto Supremo Nº 782, 2 de febrero de 2011

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

  • Que el Capítulo I del Título IV de la Ley Nº 060, de 25 de noviembre de 2010, de Juegos de Lotería y de Azar, crea el Impuesto al Juego - IJ con la finalidad de gravar la realización de juegos de azar y sorteos, así como las promociones empresariales.
  • Que el Capítulo II del Título IV de la Ley Nº 060, crea el Impuesto a la Participación en Juegos - IPJ, que tiene por objeto gravar la participación de las personas en actividades de juegos de azar y sorteos.
  • Que la Disposición Final Primera de la Ley Nº 060, establece que el IJ y el IPJ entrarán en vigencia a partir de la publicación del decreto supremo que los reglamente.
  • Que es necesario establecer la norma reglamentaria del régimen tributario contenido en la Ley de Juegos de Lotería y de Azar para la aplicación de los impuestos a la realización y participación de la actividad del juego en el país.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Se aprueba el Reglamento de Desarrollo Parcial de la Ley Nº 060, de 25 de noviembre de 2010, de Juegos de Lotería y de Azar, relativo al Título IV “Régimen Tributario”, aplicable a los juegos de lotería y de azar, que en Anexo forma parte del presente Decreto Supremo.

Disposiciones transitorias

Artículo transitorio Único.- A partir de la vigencia del presente Decreto Supremo las empresas operadoras de juegos de azar dejarán de pagar el canon por derecho de concesión a Lotería Nacional de Beneficencia y Salubridad, debiendo pagar los impuestos establecidos en la Ley Nº 060.

Disposiciones finales

Artículo final Único.- El Servicio de Impuestos Nacionales - SIN emitirá las disposiciones reglamentarias de carácter general que sean necesarias para la aplicación, verificación y control del Impuesto al Juego - IJ y del Impuesto a la Participación en Juegos - IPJ.

Disposiciones abrogatorias y derogatorias


Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo.


Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Economía y Finanzas Públicas, de Salud y Deportes, y de Autonomía, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de febrero del año dos mil once.
Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Oscar Coca Antezana, Sacha Sergio Llorentty Soliz, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elizabeth Arismendi Chumacero, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luis Alberto Arce Catacora, José Luís Gutiérrez Pérez, Ana Teresa Morales Olivera, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, José Antonio Pimentel Castillo, Nilda Copa Condori, Carmen Trujillo Cárdenas, Nila Heredia Miranda, Julieta Mabel Monje Villa, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Carlos Romero Bonifaz, Nardy Suxo Iturry, Zulma Yugar Párraga.

Anexo
Anexo del Decreto Supremo Nº 782

Reglamento de desarrollo parcial de la Ley Nº 060 de juegos de lotería y de azar del Título IV “Régimen Tributario”

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 782, 2 de febrero de 2011
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioREGLAMENTO DE DESARROLLO PARCIAL DE LA LEY Nº 060 DE JUEGOS DE LOTERIA Y DE AZAR, RELATIVO AL TÍTULO IV.
KeywordsGaceta 219NEC, 2011-02-02, Decreto Supremo, febrero/2011
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/138986
Referencias201102a.lexml
CreadorFdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Oscar Coca Antezana, Sacha Sergio Llorentty Soliz, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elizabeth Arismendi Chumacero, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luis Alberto Arce Catacora, José Luís Gutiérrez Pérez, Ana Teresa Morales Olivera, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, José Antonio Pimentel Castillo, Nilda Copa Condori, Carmen Trujillo Cárdenas, Nila Heredia Miranda, Julieta Mabel Monje Villa, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Carlos Romero Bonifaz, Nardy Suxo Iturry, Zulma Yugar Párraga.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-N60] Bolivia: Ley de juegos de lotería y de azar, 25 de noviembre de 2010
LEY DE JUEGOS DE LOTERÍA Y DE AZAR.
[BO-RE-DSN782] Bolivia: Reglamento de desarrollo parcial de la Ley Nº 060 de juegos de lotería y de azar del Título IV “Régimen Tributario”, 2 de febrero de 2011
REGLAMENTO DE DESARROLLO PARCIAL DE LA LEY Nº 060 DE JUEGOS DE LOTERIA Y DE AZAR, RELATIVO AL TÍTULO IV.

Referencias a esta norma

[BO_SIN-RND-10-0005-11] Bolivia: Resolución Normativa de Directorio de 1 de marzo de 2011
Reglamento del Impuesto al Juego y del Impuesto a la Participación en Juegos
[BO-DS-N2600] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2600, 18 de noviembre de 2015
18 DE NOVIEMBRE DE 2015.- Realiza modificaciones a los Reglamentos de Desarrollo Parcial de la Ley N° 060, de 25 de noviembre de 2010, de Juegos de Lotería y de Azar, aprobados por Decretos Supremos N° 0781 y N° 0782, de 2 de febrero de 2011, y al Decreto Supremo N° 2174, de 5 de noviembre de 2014, Reglamento del Procedimiento Sancionador de la Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego.

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.