CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) Con la finalidad de proteger, recuperar y conservar las Reservas Forestales, el presente Decreto Supremo tiene por objeto establecer la administración y gestión integral de las mismas.
Artículo 2°.- (Marco competencial) El presente Decreto Supremo se desarrolla en el marco de la competencia exclusiva del nivel central del Estado respecto a la política forestal y régimen general de suelos, recursos forestales y bosques, establecida en el numeral 7 del Parágrafo II del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado.
Artículo 3°.- (Ámbito de aplicación) El presente Decreto Supremo es aplicable a todas las Reservas Forestales del territorio del Estado Plurinacional de Bolivia.
Artículo 4°.- (Gestión integral de Reservas Forestales) Las Reservas Forestales, como espacios territoriales definidos y declarados en áreas de vocación forestal, cuyo objetivo es la conservación y protección de los bosques, estarán sujetas a una gestión integral conforme con su capacidad de uso mayor.
Artículo 5°.- (Objetivos de la gestión integral) La gestión integral de las Reservas Forestales, según corresponda, se regirá por los siguientes objetivos:
Artículo 6°.- (Administración de las Reservas Forestales) La administración de las Reservas Forestales sujetas a la gestión integral está a cargo de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierras - ABT, como la instancia responsable de la administración, gestión, protección, conservación y promoción del aprovechamiento sustentable de los recursos forestales, en coordinación con las instancias competentes.
Artículo 7°.- (Instrumentos de gestión integral)
Artículo 8°.- (Sanciones y contravenciones) Las sanciones y contravenciones se aplican conforme a la Ley Nº 1700, de 12 de julio de 1996, Forestal y su reglamento.
Artículo 9°.- (Financiamiento) Para la implementación del presente Decreto Supremo, las fuentes de financiamiento son:
Disposición Transitoria Única.- El Ministerio de Medio Ambiente y Agua, en coordinación con la ABT, reglamentará el presente Decreto Supremo en un plazo de hasta treinta (30) días calendario, computable a partir de su publicación.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 5390, 14 de mayo de 2025 | ||||
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Fecha | 2025-05-19 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Con la finalidad de proteger, recuperar y conservar las Reservas Forestales, el presente Decreto Supremo tiene por objeto establecer la administración y gestión integral de las mismas. | ||||
Keywords | Gaceta 1897NEC, Decreto Supremo, mayo/2025 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/280700 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 1897NEC, 202505c.lexml | ||||
Creador | |||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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