CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Con la finalidad de fortalecer el ejercicio efectivo de los derechos de las personas con discapacidad y bajo los principios de igualdad e inclusión establecidos en la Constitución Política del Estado, se establece el período de vigencia del Carnet de Discapacidad por seis (6) años para las personas con discapacidad moderada y grave.
Disposición Transitoria Primera.- La vigencia de los Carnets de Discapacidad emitidos con anterioridad a la publicación del presente Decreto Supremo, mantendrán su validez de acuerdo a los plazos establecidos en la normativa vigente a momento de su emisión.
Disposición Transitoria Segunda.- Se amplía hasta el 31 de diciembre de 2025 la vigencia de los Carnets de Discapacidad, con grado de discapacidad moderada y grave que se encuentren vencidos, registrados en el Sistema de Información para el Registro Único Nacional de Personas con Discapacidad – SIPRUN. PCD, del Ministerio de Salud y Deportes.
Disposición Transitoria Tercera.- El Ministerio de Salud y Deportes aprobará mediante Resolución Ministerial el procedimiento para la calificación, registro y carnetización de discapacidad en un plazo de hasta tres (3) días hábiles computables a partir de la publicación del presente Decreto Supremo.
Disposición Final Única.- La aplicación del presente Decreto Supremo no comprometerá recursos adicionales del Tesoro General de la Nación – TGN.
| Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 5305, 2 de enero de 2025 | ||||
|---|---|---|---|---|---|
| Fecha | 2025-05-04 | Formato | Text | Tipo | DS |
| Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
| Sumario | Con la finalidad de fortalecer el ejercicio efectivo de los derechos de las personas con discapacidad y bajo los principios de igualdad e inclusión establecidos en la Constitución Política del Estado, se establece el período de vigencia del Carnet de Discapacidad por seis (6) años para las personas con discapacidad moderada y grave. | ||||
| Keywords | Gaceta 1843NEC, Decreto Supremo, enero/2025 | ||||
| Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/280585 | ||||
| Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 1843NEC, 202503a.lexml | ||||
| Creador | |||||
| Contribuidor | DeveNet.net | ||||
| Publicador | DeveNet.net | ||||
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