Bolivia: Decreto Supremo Nº 517, 19 de mayo de 2010

PRESIDENTE EN EJERCICIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

  • Que el Artículo 26 del Presupuesto General del Estado - Gestión 2010, aprobado por expresa disposición del numeral 11 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, inscribir y/o incrementar el gasto de las partidas 25200 “Estudios, Investigaciones, Auditorías Externas y Revalorizaciones”, 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión no Capitalizables” y Subgrupo 46000 “Estudios y Proyectos para Inversión” cuyo financiamiento provenga de recursos de donación externa, crédito externo y/o contraparte nacional, según lo establecido en los convenios respectivos. Para las demás fuentes de financiamiento y los casos que no correspondan a contraparte nacional deberá aprobarse mediante Decreto Supremo específico, que autorice el incremento de estas partidas de gasto.
  • Que el Decreto Supremo Nº 0430, de 10 de febrero de 2010, Reglamenta la aplicación del Presupuesto General del Estado - Gestión 2010 y en su Artículo 15, dispone que la definición de las remuneraciones de los Consultores de Línea, debe estar establecida en función a la escala salarial; para lo cual, las Unidades Administrativas de cada entidad, elaborarán el cuadro de equivalencia de funciones que será avalado por la Unidad Jurídica y autorizada por la Máxima Autoridad Ejecutiva - MAE de la entidad.
  • Que el Artículo 5 de la Ley Nº 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, señala que las entidades públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados.
  • Que el Reglamento de Modificaciones Presupuestarias aprobado por Decreto Supremo Nº 29881, de 7 de enero de 2009, establece los procedimientos y responsables para elaborar, presentar, aprobar y registrar las modificaciones al Presupuesto General del Estado, así como las competencias de aprobación según el tipo y alcance de las modificaciones presupuestarias.
  • Que el Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 28152, de 17 de mayo de 2005, que modifica el Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 27938, de 20 de diciembre de 2004, establece que el Servicio Nacional de Propiedad Intelectual - SENAPI, es una Institución Pública Desconcentrada con competencia de alcance nacional; tiene autonomía de gestión administrativa, legal y técnica y depende de la actual Ministra de Desarrollo Productivo y Economía Plural.
  • Que con el fin de garantizar la continuidad y desenvolvimiento de las actividades operativas y administrativas del SENAPI, se requiere incrementar el gasto de consultorías de línea.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Se autoriza al Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural incrementar la subpartida 25220 “Consultores de Línea” en Bs458.500.- (CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO mil QUINIENTOS 00/100 BOLIVIANOS) en el presupuesto del Servicio Nacional de Propiedad Intelectual - SENAPI, a través del traspaso intrainstitucional que afecta la partida 57100 “Incremento de Caja y Bancos” en Bs458.500.- (CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO mil QUINIENTOS 00/100 BOLIVIANOS), con fuente 11 “TGN - Otros ingresos”, para financiar consultorías de línea que garanticen las actividades operativas y administrativas de la institución hasta el mes de diciembre de la presente gestión.


Los señores Ministros de Estado, en los Despachos de Economía y Finanzas Públicas; y de Desarrollo Productivo y Economía Plural, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil diez.
Fdo. ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA, Oscar Coca Antezana MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, Sacha Sergio Llorentty Soliz, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elizabeth Arismendi Chumacero, Elba Viviana Caro Hinojosa MINISTRA DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO E INTERINA DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, Luís Fernando Vincenti Vargas, Antonia Rodríguez Medrano, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, José Antonio Pimentel Castillo, Nilda Copa Condori, Carmen Trujillo Cárdenas, Nila Heredia Miranda, María Esther Udaeta Velásquez, Roberto Iván Aguilar Gómez MINISTRO DE EDUCACIÓN E INTERINO DE CULTURAS Y DE TRANSPARENCIA, INST. Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN, Nemecia Achacollo Tola, Carlos Romero Bonifaz.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 517, 19 de mayo de 2010
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe autoriza al Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural incrementar la subpartida 25220 “Consultores de Línea” en Bs458.500.- (CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS 00/100 BOLIVIANOS) en el presupuesto del Servicio Nacional de Propiedad Intelectual - SENAPI.
KeywordsGaceta 133NEC, 2010-05-19, Decreto Supremo, mayo/2010
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/57055
ReferenciasGaceta 133NEC,2010-05-19, ncpe.lexml
CreadorFdo. ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA, Oscar Coca Antezana MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, Sacha Sergio Llorentty Soliz, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elizabeth Arismendi Chumacero, Elba Viviana Caro Hinojosa MINISTRA DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO E INTERINA DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, Luís Fernando Vincenti Vargas, Antonia Rodríguez Medrano, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, José Antonio Pimentel Castillo, Nilda Copa Condori, Carmen Trujillo Cárdenas, Nila Heredia Miranda, María Esther Udaeta Velásquez, Roberto Iván Aguilar Gómez MINISTRO DE EDUCACIÓN E INTERINO DE CULTURAS Y DE TRANSPARENCIA, INST. Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN, Nemecia Achacollo Tola, Carlos Romero Bonifaz.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-2042] Bolivia: Ley de Administracion Presupuestaria, 21 de diciembre de 1999
Ley de Administracion Presupuestaria. Publicada en Gaceta Oficial de Bolivia N° 2193
[BO-DS-27938] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27938, 20 de diciembre de 2004
Establecer la organización y funcionamiento del Servicio Nacional de Propiedad Intelectual - SENAPI.
[BO-DS-29881] Bolivia: Reglamento de Modificaciones Presupuestarias, DS Nº 29881, 7 de enero de 2009
Aprueba el Reglamento de Modificaciones Presupuestarias, facultando al Ministerio de hacienda y al Ministerio de Planificación del Desarrollo, establecer los mecanismos necesarios para la administración de las modificaciones presupuestarias.
[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009
[BO-DS-N430] Bolivia: Decreto Supremo Nº 430, 10 de febrero de 2010
Reglamenta la aplicación del Presupuesto General del Estado - Gestión 2010.

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