CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) Con la finalidad de controlar la calidad de las balanzas, el presente Decreto Supremo tiene por objeto facultar al Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, a través del Instituto Boliviano de Metrología - IBMETRO, la emisión del Certificado de Cumplimiento de Reglamento Técnico - CCRT y el Certificado de Reglamento Técnico de Muestra - CRTM.
Artículo 2°.- (Certificados)
Artículo 3°.- (Documento soporte para el despacho aduanero) El CRTM o el CCRT para las subpartidas arancelarias detalladas en el Parágrafo I del Artículo 2 del presente Decreto Supremo, se constituyen en documentos soporte para la importación y el despacho aduanero, mismos que deben estar vigentes al momento del ingreso de la mercancía a territorio nacional y serán presentados por el transportista adjunto al manifiesto internacional de carga, según corresponda.
Artículo 4°.- (Muestras)
Disposición Adicional Única.- Se excluye de la aplicación del presente Decreto Supremo las mercancías en tránsito aduanero internacional con destino a un tercer país.
Disposición Transitoria Primera.-
Disposición Transitoria Segunda.- El Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, a través de IBMETRO, elaborará el Procedimiento de Solicitud y Emisión del CRTM y el CCRT, el cual será aprobado mediante Resolución Ministerial, en un plazo de hasta sesenta (60) días calendario, posteriores a la publicación del presente Decreto Supremo.
Disposición Transitoria Tercera.- El CRTM y el CCRT, serán exigibles por la Aduana Nacional, doscientos cuarenta (240) días calendario, posteriores a la aprobación del Reglamento Técnico «Aprobación de Modelo de Balanzas».
Disposición Transitoria Cuarta.- Las mercancías identificadas en el Parágrafo I del Artículo 2 del presente Decreto Supremo sujetas al CCRT, embarcadas con destino a territorio aduanero nacional hasta antes de la fecha exigible de presentación del CCRT, concluirán su proceso de importación en el marco normativo vigente al inicio de la importación.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 5103, 17 de enero de 2024 | ||||
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Fecha | 2024-02-17 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Con la finalidad de controlar la calidad de las balanzas, el presente Decreto Supremo tiene por objeto facultar al Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, a través del Instituto Boliviano de Metrología – IBMETRO, la emisión del Certificado de Cumplimiento de Reglamento Técnico – CCRT y el Certificado de Reglamento Técnico de Muestra – CRTM. | ||||
Keywords | Gaceta 1724NEC, Decreto Supremo, enero/2024 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/169324 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 1724NEC, 202401a.lexml | ||||
Creador | |||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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