Bolivia: Decreto Supremo Nº 419, 3 de febrero de 2010

Decreto Supremo Nº 0419
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

  • Que el Parágrafo II del Artículo 16 de la Constitución Política del Estado establece que el Estado tiene la obligación de garantizar la seguridad alimentaria, a través de una alimentación sana, adecuada y suficiente para toda la población.
  • Que el Parágrafo I del Artículo 35 de la Constitución Política del Estado establece que el Estado, en todos sus niveles protegerá el derecho a la salud, promoviendo políticas públicas orientadas a mejorar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso gratuito de la población a los servicios de salud.
  • Que el Capítulo II, Bolivia Digna, del Plan Nacional de Desarrollo, tiene como propuesta de cambio la eliminación de la exclusión social, que se conseguirá con la implementación del sistema de salud familiar comunitario intercultural que será inclusivo, equitativo, solidario, de calidad y calidez.
  • Que el “Programa Multifase de Apoyo al Plan de Erradicación de la Extrema Pobreza (PEEP) - Fase I”, tiene por finalidad, contribuir a mejorar las condiciones de salud, alimentarias y nutricionales de la población en extrema pobreza, principalmente en madres, niños y niñas menores de dos años del ámbito rural e indígena, a través de incentivos tanto a nivel de la demanda, como de la oferta de servicios de salud, así como fortalecer las organizaciones sociales y comunitarias; y la institucionalidad y capacidad de gestión del Ministerio de Planificación del Desarrollo.
  • Que el Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia ha gestionado ante el Banco Interamericano de Desarrollo - BID préstamo de hasta $us20.000.000.- (VEINTE MILLONES 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES) o su equivalente en otras monedas, provenientes de recursos de su Fondo para Operaciones Especiales - FOE y de su Capital Ordinario, destinados a apoyar el financiamiento del “Programa Multifase de Apoyo al Plan de Erradicación de la Extrema Pobreza (PEEP) - Fase I”.
  • Que es preciso autorizar la suscripción del respectivo Contrato de Préstamo con el BID, a objeto de materializar el financiamiento para la ejecución del “Programa Multifase de Apoyo al Plan de Erradicación de la Extrema Pobreza (PEEP) - Fase I”.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.-

  1. Se autoriza a la Ministra de Planificación del Desarrollo a suscribir con el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, en nombre y representación del Estado Plurinacional de Bolivia, el Contrato de Préstamo por un monto de hasta $us20.000.000.- (VEINTE MILLONES 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES), destinados a financiar el “Programa Multifase de Apoyo al Plan de Erradicación de la Extrema Pobreza (PEEP) - Fase I”.
  2. Suscrito el Contrato de Préstamo, deberá ser remitido a consideración del Órgano Legislativo, en cumplimiento a lo dispuesto por la Constitución Política del Estado.
  3. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas la suscripción de la Resolución Biministerial con el Ministerio de Planificación del Desarrollo (Unidad Ejecutora del Plan de Erradicación de la Extrema Pobreza - PEEP) y la suscripción del Convenio Subsidiario con el Ministerio de Salud y Deportes (Unidad Técnica Ejecutora de Bono - UTEB y Unidad Coordinadora de Financiamiento Internacional - UCOFI) en su calidad de Ejecutores; a solicitud del Ministerio de Planificación del Desarrollo, a través del Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo.


Los señores Ministros de Estado, en los Despachos de Planificación del Desarrollo; de Economía y Finanzas Públicas; y de Salud y Deportes quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de febrero del año dos mil diez.
FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Oscar Coca Antezana, Sacha Sergio Llorentty Soliz, Rubén Saavedra Soto, Elizabeth Arismendi Chumacero, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luís Alberto Arce Catacora, Luís Fernando Vincenti Vargas, Antonia Rodríguez Medrano, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, José Antonio Pimentel Castillo, Nilda Copa Condori, Carmen Trujillo Cárdenas, Sonia Polo Andrade, María Esther Udaeta Velásquez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemecia Achacollo Tola, Carlos Romero Bonifaz, Nardy Suxo Iturry, Zulma Yugar Párraga.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 419, 3 de febrero de 2010
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutoriza a la Ministra de Planificación del Desarrollo a suscribir con el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, en nombre y representación del Estado Plurinacional de Bolivia, el Contrato de Préstamo por un monto de hasta $us20.000.000, destinados a financiar el "Programa Multifase de Apoyo al Plan de Erradicación de la Extrema Pobreza (PEEP) - Fase I".
KeywordsGaceta 103NEC, 2010-02-03, Decreto Supremo, febrero/2010
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/36193
ReferenciasGaceta 103NEC,2010-02-03, ncpe.lexml
CreadorFDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Oscar Coca Antezana, Sacha Sergio Llorentty Soliz, Rubén Saavedra Soto, Elizabeth Arismendi Chumacero, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luís Alberto Arce Catacora, Luís Fernando Vincenti Vargas, Antonia Rodríguez Medrano, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, José Antonio Pimentel Castillo, Nilda Copa Condori, Carmen Trujillo Cárdenas, Sonia Polo Andrade, María Esther Udaeta Velásquez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemecia Achacollo Tola, Carlos Romero Bonifaz, Nardy Suxo Iturry, Zulma Yugar Párraga.
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[BO-DS-N419] Bolivia: Decreto Supremo Nº 419, 3 de febrero de 2010
Autoriza a la Ministra de Planificación del Desarrollo a suscribir con el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, en nombre y representación del Estado Plurinacional de Bolivia, el Contrato de Préstamo por un monto de hasta $us20.000.000, destinados a financiar el "Programa Multifase de Apoyo al Plan de Erradicación de la Extrema Pobreza (PEEP) - Fase I".

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