CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Se autoriza la exención del pago total de tributos de importación de tres (3) equipos servidores y el correspondiente equipo complementario, provenientes de la donación efectuada por el Proyecto “Apoyo a la Prevención de Desastres en la Comunidad Andina” - PREDECAN, a favor de entidades públicas, de acuerdo al siguiente detalle:
Cantidad | Detalle equipo donado | Beneficiario |
1 | Servidor DELL Poweredge 2950 | Instituto Nacional de Estadística. |
1 | Servidor DELL Poweredge 2950 | Servicio Nacional de Geología y Técnico de Minas. |
1 | Servidor DELL Poweredge 2900 | Ministerio de Planificación del Desarrollo |
1 | Gabinete para Servidores (SATRA 38U) | Ministerio de Defensa |
1 | Uninterruptible Power Suply-UPS (Centralion 10KVA) | Ministerio de Defensa |
Artículo 2°.-
Artículo 3°.-
Artículo 4°.- Se autoriza la exención del pago total de los tributos de importación a la donación de equipamiento informático, conforme al Anexo del Contrato de Oferta Exterior Sino-Boliviana “Equipamiento informático de la Cancillería de Bolivia”, de la República Popular de China a favor del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 5°.- Se autoriza la exención del pago total de los tributos de importación a la donación de equipos de laboratorio, material científico e industrial y otros, conforme al Certificado de Donación de 17 de febrero de 2009, de la Asociación Raíces de Suiza a favor de la Universidad Técnica de Oruro, entidad bajo tuición del Ministerio de Educación.
Artículo 6°.- Se autoriza la exención del pago total de tributos de importación a la donación de sesenta y dos mil quinientas (62.500) tabletas de Triclabendazol de 250 m. g., conforme a la Factura 200442226 de la empresa NOVARTIS PHARMA AG SWITZERLAND a favor del Ministerio de Salud y Deportes, con destino al Programa Nacional de Zoonosis.
Artículo 7°.- Se autoriza la exención del pago total de tributos de importación a la donación de equipos, materiales, insumos químicos y otros, conforme a los Certificados de Donación BOL 5015-82736E, BOL 5015-87807E, BOL 5015-85502A, RLA 1010-88585L, RLA 1010-86737L, RLA 1010-86737L, RLA 1010-91193L, RLA 1010-88622L, RLA 2013-86421N, RLA 2013-85390N, RLA 2013-92303N y RLA 9050-85177L, provenientes del Organismo Internacional de Energía Atómica a favor del Instituto Boliviano de Ciencia y Tecnología Nuclear dependiente del Ministerio de Planificación del Desarrollo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 226, 29 de julio de 2009 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autoriza la exención del pago total de tributos de importación de tres (3) equipos servidores y el correspondiente equipo complementario, provenientes de la donación efectuada por el Proyecto “Apoyo a la Prevención de Desastres en la Comunidad Andina” - PREDECAN, a favor de entidades públicas. | ||||
Keywords | Gaceta 47NEC, 2009-07-29, Decreto Supremo, julio/2009 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/27625 | ||||
Referencias | Gaceta 47NEC,2009-07-29, ncpe.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Nardy Suxo Iturry, Carlos Romero Bonifaz, Alfredo Octavio Rada Vélez, Walker Sixto San Miguel Rodríguez, Héctor E. Arce Zaconeta, Noel Ricardo Aguirre Ledezma, Luís Alberto Arce Catacora, Oscar Coca Antezana, Patricia Alejandra Ballivián Estenssoro, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, Luís Alberto Echazú Alvarado, Celima Torrico Rojas, Calixto Chipana Callisaya, Jorge Ramiro Tapia Sainz, René Gonzalo Orellana Halkyer, Roberto Iván Aguilar Gómez, Julia D. Ramos Sánchez, Pablo Groux Canedo. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.