CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Se modifica el inciso e) del Artículo 42 del Decreto Supremo Nº 24780, de 31 de julio de 1997, con el siguiente texto:
“e) El pago de la patente anual, se efectuará por el titular del derecho minero a través de la entidad bancaria pública que corresponda, en la cuenta fiscal establecida para el efecto.
El Banco Central de Bolivia efectuará la transferencia mensual de los importes recaudados por concepto de patentes mineras a las instituciones beneficiarias, de la proporción establecida por el Artículo 52 de la Ley Nº 1777, de acuerdo al siguiente porcentaje:
* Treinta por ciento (30%) a los gobiernos autónomos municipales donde se encuentren ubicados los derechos mineros;
* Veintiún por ciento (21%) a la Autoridad General Jurisdiccional Administrativa Minera;
* Cuarenta y nueve por ciento (49%) al Servicio Nacional de Geología y Técnico de Minas - SERGEOTECMIN.
En el caso de los gobiernos autónomos municipales donde se encuentren ubicados los derechos mineros, el Banco Central de Bolivia efectuará la transferencia de los importes respectivos en base al informe mensual elaborado por el SERGEOTECMIN.”
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 1758, 9 de octubre de 2013 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Modifica el inciso e) del Artículo 42 del Decreto Supremo Nº 24780, de 31 de julio de 1997. | ||||
Keywords | Gaceta 570NEC, Decreto Supremo, octubre/2013 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/143322 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 570NEC, 201310b.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Rubén Aldo Saavedra Soto, Luis Alberto Arce Catacora, Juan José Hernando Sosa Soruco MINISTRO DE HIDROCARBUROS Y ENERGÍA E INTERINO DE MEDIO AMBIENTE Y AGUA, Ana Teresa Morales Olivera, Arturo Vladimir Sánchez Escobar, Mario Virreira Iporre, Cecilia Luisa Ayllon Quinteros, Daniel Santalla Torrez, Juan Carlos Calvimontes Camargo, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Claudia Stacy Peña Claros, Nardy Suxo Iturry, Pablo Cesar Groux Canedo, Amanda Dávila Torres. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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