Bolivia: Decreto Supremo Nº 1438, 18 de diciembre de 2012

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

  • Que el numeral 9 del Parágrafo II del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, asigna como competencias exclusivas del nivel central del Estado, la planificación, diseño, construcción, conservación y administración de carreteras de la Red Fundamental.
  • Que el Decreto Supremo Nº 29272, de 12 de septiembre de 2007, aprueba el Plan Nacional de Desarrollo - PND, en el Capítulo IV “Bolivia Productiva” señala como propuesta de cambio, mejorar e integrar el sistema de transporte nacional, en todas sus modalidades (caminera, ferroviaria, aeronáutica y fluvial lacustre) como componente significativo del desarrollo y la ampliación de mercados para la producción boliviana, contribuyendo a los esfuerzos integrales que permitirán a Bolivia salir efectivamente del subdesarrollo económico y social en el que se encuentra.
  • Que el Decreto Supremo Nº 28946, de 25 de noviembre de 2006, establece como misión de la Administradora Boliviana de Carreteras, la integración nacional, mediante la planificación y la gestión de la Red Vial Fundamental.
  • Que la construcción de una doble vía sobre parte de la Ruta N° 04 ubicada en el Departamento de Cochabamba, tendrá una longitud total de 20,3 km. La construcción se dividirá en dos tramos principales, el tramo de Sacaba - Chiñata con una longitud de 7,4 km. y el tramo Quillacollo - Suticollo con una longitud de 12,9 km. La solución propuesta incluye la mejora del pavimento existente y la construcción de una vía adicional en cada uno de los sentidos de la ruta actual. Asimismo, se incorporarán elementos que refuercen las condiciones de seguridad vial y mejoren las condiciones de transitabilidad.
  • Que en este marco se ha gestionado ante la Corporación Andina de Fomento - CAF, un préstamo por un monto de hasta $us33.600.100,00 (TREINTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS mil CIEN 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES), destinados al financiamiento parcial del “Proyecto Construcción de la Doble Vía Ruta F-04 entre Sacaba - Chiñata y Quillacollo - Suticollo”.
  • Que es necesario autorizar la suscripción del contrato de préstamo con la Corporación Andina de Fomento - CAF, a objeto de materializar el financiamiento para la ejecución del “Proyecto Construcción de la Doble Vía Ruta F-04 entre Sacaba - Chiñata y Quillacollo - Suticollo”.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.-

  1. Se autoriza a la Ministra de Planificación del Desarrollo, a suscribir con la Corporación Andina de Fomento - CAF, en nombre y representación del Estado Plurinacional de Bolivia, un Contrato de Préstamo por un monto de hasta $us33.600.100,00 (TREINTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS mil CIEN 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES), destinados al financiamiento parcial del “Proyecto Construcción de la Doble Vía Ruta F-04 entre Sacaba - Chiñata y Quillacollo - Suticollo”.
  2. Una vez suscrito el Contrato de Préstamo, deberá ser remitido a consideración de la Asamblea Legislativa Plurinacional, en cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 10 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado.
  3. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, la suscripción del respectivo Convenio Subsidiario para la transferencia de recursos externos y ejecución del Contrato de Préstamo con la Administradora Boliviana de Carreteras, en su condición de Organismo Ejecutor, a solicitud del Ministerio de Planificación del Desarrollo, a través del Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo.
  4. El Aporte Local señalado en el Contrato de Préstamo, será asumido por el Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba.


Los señores Ministros de Estado, en los Despachos de Planificación del Desarrollo, de Economía y Finanzas Públicas y de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de diciembre del año dos mil doce.
Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Rubén Aldo Saavedra Soto MINISTRO DE DEFENSA E INTERINO DE GOBIERNO, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luis Alberto Arce Catacora, Juan José Hernando Sosa Soruco, Ana Teresa Morales Olivera, Arturo Vladimir Sánchez Escobar, Mario Virreira Iporre, Cecilia Luisa Ayllon Quinteros, Daniel Santalla Torrez, Juan Carlos Calvimontes Camargo, José Antonio Zamora Gutiérrez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Claudia Stacy Peña Claros, Nardy Suxo Iturry, Pablo Cesar Groux Canedo, Amanda Dávila Torres.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 1438, 18 de diciembre de 2012
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutoriza a la Ministra de Planificación del Desarrollo, a suscribir con la Corporación Andina de Fomento – CAF, en nombre y representación del Estado Plurinacional de Bolivia, un Contrato de Préstamo por un monto de hasta $us33.600.100,00, destinados al financiamiento parcial del “Proyecto Construcción de la Doble Vía Ruta F-04 entre Sacaba – Chiñata y Quillacollo - Suticollo”.
KeywordsGaceta 458NEC, Decreto Supremo, diciembre/2012
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/141576
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 458NEC, 201301a.lexml
CreadorFdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Rubén Aldo Saavedra Soto MINISTRO DE DEFENSA E INTERINO DE GOBIERNO, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luis Alberto Arce Catacora, Juan José Hernando Sosa Soruco, Ana Teresa Morales Olivera, Arturo Vladimir Sánchez Escobar, Mario Virreira Iporre, Cecilia Luisa Ayllon Quinteros, Daniel Santalla Torrez, Juan Carlos Calvimontes Camargo, José Antonio Zamora Gutiérrez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Claudia Stacy Peña Claros, Nardy Suxo Iturry, Pablo Cesar Groux Canedo, Amanda Dávila Torres.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-29272] Bolivia: Decreto Supremo Nº 29272, 12 de septiembre de 2007
Aprobar el Plan General de Desarrollo Económico y Social de la República: “Plan Nacional de Desarrollo: Bolivia Digna, Soberana, Productiva y Democrática para Vivir Bien - Lineamientos Estratégicos”
[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009

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