CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto constituir el reconocimiento a la gestión de calidad de todas las entidades del sector público del Estado Plurinacional de Bolivia, a través del Premio Nacional a las Buenas Prácticas.
Artículo 2°.- (Creación)
Artículo 3°.- (Buenas prácticas)
Artículo 4°.- (Categorías) El Premio Nacional a las Buenas Prácticas, será reconocido considerando dos (2) categorías:
Artículo 5°.- (Secretaría permanente) Para la ejecución del Premio Nacional a las Buenas Prácticas, la Dirección General de Servicio Civil del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, asumirá las funciones de Secretaría Permanente del Premio Nacional a las Buenas Prácticas para las entidades públicas.
Artículo 6°.- (Comité evaluador) La Secretaría Permanente del Premio Nacional a las Buenas Prácticas, conformará el Comité Evaluador a través de invitaciones cursadas a instituciones nacionales representativas de acuerdo a reglamento.
Artículo 7°.- (Réplica) La Escuela de Gestión Pública Plurinacional como responsable en la formación y capacitación de las servidoras y servidores públicos en sus distintos niveles de gobierno a nivel nacional, desarrollará procesos de capacitación para lograr la réplica de los éxitos de una buena práctica.
Artículo transitorio Único.- El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, elaborará el reglamento a la presente disposición, en un plazo máximo de noventa (90) días calendario a partir de la publicación del presente Decreto Supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 1400, 7 de noviembre de 2012 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Constituir el reconocimiento a la gestión de calidad de todas las entidades del sector público del Estado Plurinacional de Bolivia, a través del Premio Nacional a las Buenas Prácticas. | ||||
Keywords | Gaceta 439NEC, Decreto Supremo, noviembre/2012 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/141517 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 439NEC, 201211b.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luis Alberto Arce Catacora, Juan José Hernando Sosa Soruco, Ana Teresa Morales Olivera, Arturo Vladimir Sánchez Escobar, Mario Virreira Iporre, Cecilia Luisa Ayllon Quinteros, Daniel Santalla Torrez MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL E INTERINO DE SALUD Y DEPORTES, José Antonio Zamora Gutiérrez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Claudia Stacy Peña Claros, Nardy Suxo Iturry, Pablo Cesar Groux Canedo, Amanda Dávila Torres. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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