Bolivia: Decreto Supremo Nº 1056, 25 de noviembre de 2011

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

  • Que el numeral 9 del Parágrafo II del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, establece que son competencias exclusivas del nivel central del Estado la planificación, diseño, construcción, conservación y administración de carreteras de la Red Fundamental.
  • Que el Capítulo IV “Bolivia Productiva” del Plan Nacional de Desarrollo - PND, aprobado por Decreto Supremo Nº 29272, de 12 de septiembre de 2007, tiene como propuesta de cambio, mejorar e integrar el sistema de transporte nacional, en todas sus modalidades (caminera, ferroviaria, aeronáutica y fluvial lacustre) como componente significativo del desarrollo y la ampliación de mercados para la producción boliviana, contribuyendo a los esfuerzos integrales que permitirán a Bolivia salir efectivamente del subdesarrollo económico y social en que se encuentra.
  • Que el Estado Plurinacional de Bolivia a través del “Programa Puesta a Punto de Carreteras”, tiene como objetivo el de reponer y mejorar la infraestructura de ocho (8) tramos de la Red Vial Fundamental de Bolivia, de manera de dejarlos en óptimas condiciones de servicio de manera que posteriormente, estos tramos sean priorizados en el Programa de Conservación Vial.
  • Que en este marco se ha gestionado ante la Corporación Andina de Fomento - CAF, un préstamo por un monto de hasta $us75.000.000.- (SETENTA Y CINCO MILLONES 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES), destinados a financiar el “Programa Puesta a Punto de Carreteras”.
  • Que es preciso aprobar las condiciones del Contrato de Préstamo y autorizar su suscripción con la CAF, a objeto de materializar el financiamiento.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.-

  1. Se autoriza a la Ministra de Planificación del Desarrollo a suscribir con la Corporación Andina de Fomento - CAF, en nombre y representación del Estado Plurinacional de Bolivia, un Contrato de Préstamo por un monto de hasta $us75.000.000.- (SETENTA Y CINCO MILLONES 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES), destinados a financiar el “Programa Puesta a Punto de Carreteras”.
  2. Una vez suscrito el Contrato de Préstamo, deberá ser remitido a consideración y aprobación de la Asamblea Legislativa Plurinacional, en cumplimiento al numeral 10 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado.
  3. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas la suscripción del Convenio Subsidiario con la Administradora Boliviana de Carreteras - ABC en su condición de Organismo Ejecutor, para la transferencia de recursos externos y ejecución del Contrato de Préstamo, a solicitud del Ministerio de Planificación del Desarrollo a través del Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo.
  4. Los Gobiernos Autónomos Departamentales respectivos, proporcionarán el financiamiento de contrapartida para el “Programa Puesta a Punto de Carreteras”, en el porcentaje que los corresponda.


Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Planificación del Desarrollo, de Economía y Finanzas Públicas, y de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de noviembre del año dos mil once.
Fdo. EVO MORALES AYMA, Carlos Romero Bonifaz MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, Wilfredo Franz David Chávez Serrano, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luis Alberto Arce Catacora, José Luis Gutiérrez Pérez, Ana Teresa Morales Olivera, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, José Antonio Pimentel Castillo, Daniel Santalla Torrez, Nila Heredia Miranda, Julieta Mabel Monje Villa, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Claudia Stacy Peña Claros, Nardy Suxo Iturry MINISTRA DE TRANSP. INST. Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN E INTERINA DE JUSTICIA, Elizabeth Cristina Salguero Carrillo, Iván Jorge Canelas Alurralde.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 1056, 25 de noviembre de 2011
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutoriza a la Ministra de Planificación del Desarrollo a suscribir con la Corporación Andina de Fomento – CAF, en nombre y representación del Estado Plurinacional de Bolivia, un Contrato de Préstamo por un monto de hasta $us75.000.000, destinados a financiar el “Programa Puesta a Punto de Carreteras”.
KeywordsGaceta 316NEC - Del : 2011-11-28, Decreto Supremo, noviembre/2011
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/139637
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 316NEC - Del : 2011-11-28, 201112a.lexml
CreadorFdo. EVO MORALES AYMA, Carlos Romero Bonifaz MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, Wilfredo Franz David Chávez Serrano, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luis Alberto Arce Catacora, José Luis Gutiérrez Pérez, Ana Teresa Morales Olivera, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, José Antonio Pimentel Castillo, Daniel Santalla Torrez, Nila Heredia Miranda, Julieta Mabel Monje Villa, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Claudia Stacy Peña Claros, Nardy Suxo Iturry MINISTRA DE TRANSP. INST. Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN E INTERINA DE JUSTICIA, Elizabeth Cristina Salguero Carrillo, Iván Jorge Canelas Alurralde.
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PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-29272] Bolivia: Decreto Supremo Nº 29272, 12 de septiembre de 2007
Aprobar el Plan General de Desarrollo Económico y Social de la República: “Plan Nacional de Desarrollo: Bolivia Digna, Soberana, Productiva y Democrática para Vivir Bien - Lineamientos Estratégicos”
[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009

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