CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Autorízase al Departamento Financiero del Ministerio de Educación el desembolso de SEISCIENTOS mil 00/100 Pesos Bolivianos ($b.600.000.-) con destino a la construcción del edificio del Liceo “Francia” o la adquisición de un inmueble que ofrezca los requerimientos pedagógicos indispensables y que convenga a los intereses económicos del Estado.
Artículo 2°.- Dísponese la apertura de la cuenta “Construcción Liceo Francia” en el Banco Central de Bolivia, con el monto de SEISCIENTOS mil oo/100 Pesos Bolivianos ($b.600.000.-) para el cumplimiento de los fines señalados en el Art.1°. Dichos fondos serán transferidos de la cuenta “Plan Nacional de Edificaciones Escolares” a la cuenta especificada para garantizar su financiamiento. La administración y fiscalización de estos fondos se la efectuará de conformidad al Decreto Supremo Nº 08611 de 30 de diciembre de 1968, con la intervención de la Directora del Establecimiento y el Presidente de los Padres de Familia.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 8958, 25 de octubre de 1969 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autorízase al Departamento Financiero del Ministerio de Educación el desembolso de seiscientos mil pesos bolivianos. | ||||
Keywords | Gaceta 475, Decreto Supremo, octubre/1969 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/3361 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 475, 202106e.lexml | ||||
Creador | FDO. GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA, César Ruiz Velarde, David La FuenteSoto, Antonio Sánchez de Lozada, Mariano Baptista Gumucio, Jaime Paz Soldán Pol, Alberto Bailey Gutiérrez, Marcelo Quiroga Santa Cruz, Edmundo Valencia Ibañez, José Luis Roca García, Mario Rolón Anaya, Walter Arzabe Fuenteizas, León Kolle Cueto, Carlos Hurtado, Oscar Bonifaz Gutiérrez. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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