Bolivia: Decreto Supremo Nº 8946, 6 de octubre de 1969

Decreto Supremo Nº 08946
D. G. R. N° 12
GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que, la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil, ha adquirido en propiedad terrenos situados en la urbanización denominada “Villa Tunari” de El Alto de La Paz, con destino a los cambios o permutas en favor de las personas que fueron afectadas con la expropiación de sus propiedades, para la construcción del Aeropuerto Internacional de El Alto de La Paz;
  • Que, habiendo sido loteados dichos terrenos y reservadas las extensiones necesarias al objeto citado, han resultado superficies libres que pueden ser utilizadas con fines que presenten un beneficio a los intereses de organismos o entidades dependientes del Estado;
  • Que, la Fuerza Aérea Boliviana dentro de sus programas de orden social, tiene el propósito de dotar terrenos a su personal dependiente, para la construcción de viviendas propias, para lo que ha solicitado a la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil, la venta de una parte de los terrenos disponibles o sobrantes que son apropiados para la mencionada construcción habitacional.
  • EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Autorízase a la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil, transferir en compra-venta, en favor del Comando de la Fuerza Aérea Boliviana, la cantidad de CIENTO cuarenta y siete mil METROS CUADRADOS (m2.147.000) de terreno aproximadamente ubicados en la urbanización de “Villa Tunari” de El Alto de La Paz, de acuerdo al plano respectivo elaborado por aquella institución, con el objeto de proporcionar terrenos a su personal dependiente para la construcción de viviendas. El importe de los terrenos, objeto de la transferencia, será cancelado con fondos propios de la parte adquirente y, en atención a que los mencionados inmuebles están destinados para la construcción de viviendas de sus miembros dependientes queda facultada, a su vez la mencionada institución a efectuar transferencias individuales de los citados terrenos de acuerdo a sus regulaciones internas.

Artículo 2°.- Como consecuencia de lo dispuesto en el precedente artículo, las partes interesadas acordarán y estipularán el precio y las condiciones de pago de dicho acto jurídico.

Artículo 3°.- Los señores Ministros de Obras Públicas, Comunicaciones y Transportes, Director Nacional de Aeronáutica Civil, Contralor General de la República y Fiscal de Gobierno en representación del Estado, y el Comandante de la Fuerza Aérea Boliviana, suscribirán las escrituras correspondientes, con las formalidades de Ley.


Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Obras Públicas Comunicaciones y Transportes y de Hacienda, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de octubre de mil novecientos sesenta y nueve años.
FDO. GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA, Juan Ayoroa Ayoroa, David La FuenteSoto, Antonio Sánchez de Lozada, Mariano Baptista Gumucio, Jaime Paz Soldán Pol, Alberto Bailey Gutiérrez, Marcelo Quiroga Santa Cruz, Edmundo Valencia Ibáñez, José Luis Roca García, Wálter Arzabe Fuenteizas, León Kolle Cueto, Carlos Hurtado, José Ortíz Mercado, Oscar Gutiérrez.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 8946, 6 de octubre de 1969
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutorízase a la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil, transferir en compra-venta, en favor del Comando de la Fuerza Aérea Boliviana, la cantidad de CIENTO CUARENTI SIETE MIL METROS CUADRADOS.
KeywordsGaceta 472Costo de Edición:5 Bs., Decreto Supremo, octubre/1969
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/3348
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 472Costo de Edición:5 Bs., 202106e.lexml
CreadorFDO. GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA, Juan Ayoroa Ayoroa, David La FuenteSoto, Antonio Sánchez de Lozada, Mariano Baptista Gumucio, Jaime Paz Soldán Pol, Alberto Bailey Gutiérrez, Marcelo Quiroga Santa Cruz, Edmundo Valencia Ibáñez, José Luis Roca García, Wálter Arzabe Fuenteizas, León Kolle Cueto, Carlos Hurtado, José Ortíz Mercado, Oscar Gutiérrez.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-8946] Bolivia: Decreto Supremo Nº 8946, 6 de octubre de 1969
Autorízase a la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil, transferir en compra-venta, en favor del Comando de la Fuerza Aérea Boliviana, la cantidad de CIENTO CUARENTI SIETE MIL METROS CUADRADOS.

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.