Bolivia: Decreto Supremo Nº 8704, 31 de marzo de 1969

DECRETO SUPREMODecreto Supremo Nº 08704
GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el señor Ministro de Estado en el Despacho de Minas y Petróleo, Gral. Hugo Suárez Guzmán, ha presentado renuncia de su cargo, la misma que ha sido aceptada.
  • Que para el normal desenvolvimiento de esa importante cartera, es necesario designar un nuevo Ministro;

DECRETA:

Artículo Único.- Desígnase Ministro de Minas y Petróleo al ciudadano Jaime Rojas Muñóz, debiendo tomar posesión de su cargo el día vienticuatro de marzo del año mil novecientos sesenta y nueve años.


El señor Ministro Secretario General de la Presidencia de la República, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los vienticuatro días de mes de marzo de mil novecientos sesenta y nueve años.
FDO. GRAL RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Dr. Walter Morales Aguilar.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 8704, 31 de marzo de 1969
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDesígnase Ministro de Minas y Petróleo al ciudadano Jaime Rojas Muñóz, debiendo tomar posesión de su cargo el día veinticuatro de marzo del año mil novecientos sesenta y nueve años.
KeywordsGaceta 445, Decreto Supremo, marzo/1969
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/3252
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 445, 202106f.lexml
CreadorFDO. GRAL RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Dr. Walter Morales Aguilar.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-8704] Bolivia: Decreto Supremo Nº 8704, 31 de marzo de 1969
Desígnase Ministro de Minas y Petróleo al ciudadano Jaime Rojas Muñóz, debiendo tomar posesión de su cargo el día veinticuatro de marzo del año mil novecientos sesenta y nueve años.

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.