CONSIDERANDO:
DECRETA:
Artículo 1°.- Créase el “COMITE DE EMERGENCIA DE CAMARGO” encargado de la construcción de los defensivos de la población de Camargo y de establecer el desvío de las corrientes de agua, que actualmente atraviesan la quebrada de dicha jurisdicción.
Artículo 2°.- EL COMITE DE EMERGENCIA DE CAMARGO, estará constituído por el Alcalde Municipal de Camargo, como Presidente y como Vocales; el Subprefecto de la Provincia Nor Cinti, el Interventor de la Contraloría y dos Representantes de las instituciones cívicas de la localidad.
Artículo 3°.- La dirección técnica de las obras de dichos defensivos correrán a cargo del Ministerio de Obras Públicas, Comunicaciones y Transportes, que supervigilará las actividades del Comité de Emergencia de Camargo, y dispondrá del asesoramiento técnico correspondiente.
Artículo 4°.- Los recursos necesarios para las obras a realizarse estarán constituidos por Noventa mil Pesos Bolivianos ($b 90.000.) con que contribuirá el Comité Permanente de Emergencia Nacional, creado por Decreto Supremo Nº 08274, de 23 de febrero de 1968, y por los aportes de las Prefecturas de Chuquisaca, Potosí y otras entidades.
Artículo 5°.- EL COMITE DE EMERGENCIA DE CAMARGO tendrá a su cargo la administración de los recursos y rendirá cuenta ante el Ministerio de Obras Públicas, Comunicaciones y Transportes; quedando facultado para buscar y arbitrar los aportes o contribuciones de la población, sector de transportistas, etc., asi como para recuperar y disponer de los aires de la quebrada de Camargo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 8669, 26 de febrero de 1969 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Créase el "COMITE DE EMERGENCIA DE CAMARGO" encargado de la construcción de los defensivos de la población de Camargo y de establecer el desvío de las corrientes de agua, que actualmente atraviesan la quebrada de dicha jurisdicción. | ||||
Keywords | Gaceta 441, Decreto Supremo, febrero/1969 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/3213 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 441, 202106f.lexml | ||||
Creador | FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Víctor Hoz de Vila, Enrique Gallardo, Jorge Jordán Ferrufino, Angel Baldivieso, Gustavo Méndez Torrico, Edwin Tapia, Hugo Suárez Guzmán, Alberto Larrea Humérez, Mario Quintela Vaca Diez, Joaquín Villanueva, Ignacio Paravicini, Dante Pavisich, Walter Morales. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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