CONSIDERANDO:
DECRETA:
Artículo 1°.- Con el mismo personal a que se refiere el Decreto ya citado Nº 08138, constitúyese la Comisión Fiscal encargada de revisar el movimiento económico-financiero de la Corporación Minera de Bolivia en el año 1967, la misma que deberá verificar y certificar la corrección con que se hubiera administrado dicha Empresa estatal. e informar al Gobierno sobre la legalidad de todos sus actos de administración, en el término de 60 días.
Artículo 2°.- Declárase en comisión a tiempo completo a los cuatro funcionarios encargados de esta labor, los que percibirán únicamente los haberes de sus respectivos cargos. La Corporación Minera de Bolivia queda autorizada para erogar, por gastos de materiales y por cuenta del Ministerio de Hacienda, una suma no mayor a dos mil cuatrocientos pesos bolivianos ($b.2.400.-), que cargará en la cuenta especial a que se refiere el artículo 8° del ya mencionado Decreto Ley Nº 07474.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 8651, 19 de febrero de 1969 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Con el mismo personal a que se refiere el Decreto ya citado Nº 08138, constitúyese la Comisión Fiscal encargada de revisar el movimiento económico-financiero de la Corporación Minera de Bolivia en el año 1967, la misma que deberá verificar y certificar la corrección con que se hubiera administrado dicha Empresa estatal. e informar al Gobierno sobre la legalidad de todos sus actos de administración, en el termino de 60 días. | ||||
Keywords | Gaceta 440, Decreto Supremo, febrero/1969 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/3195 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 440, 202106f.lexml | ||||
Creador | FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Jorge Jordán Ferrufino, Hugo Suárez Guzmán, Alvaro Torrico, Walter Morales Aguilar. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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