Bolivia: Decreto Supremo Nº 8616, 21 de enero de 1969

Decreto Supremo Nº 08616
RENE BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que la Empresa Nacional de Televisión Boliviana, que emplea la sigla ENTBOL, requiere de una abreviatura especial de identificación popular con el público, teniendo en cuenta factores de visualización que la caractericen fácilmente, tanto dentro del territorio nacional como en el exterior;

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Autorízase a la Empresa Nacional de Televisión Boliviana a emplear, indistintamente, según lo requiera el caso, la sigla indicada en el Decreto Supremo Nº 08571 de fecha 20 de noviembre de 1968, o bien la abreviación TV Boliviana.


El señor Ministro Secretario General de la Presidencia de la República, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los 8 días del mes de Enero de mil novecientos sesenta y nueve años.
FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO Jorge Ríos Gamarra.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 8616, 21 de enero de 1969
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutorízase a la Empresa Nacional de Televisión Boliviana a emplear, indistintamente, según lo requiera el caso, la sigla indicada en el Decreto Supremo Nº 08571 de fecha 20 de noviembre de 1968, o bien la abreviación TV Boliviana.
KeywordsGaceta 436Costo de Edición:10 Bs., Decreto Supremo, enero/1969
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/3145
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 436Costo de Edición:10 Bs., 202106f.lexml
CreadorFDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO Jorge Ríos Gamarra.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-8571] Bolivia: Decreto Supremo Nº 8571, 27 de noviembre de 1968
Modifícanse los artículos 1° 2°, 3°, 4°, 6°, y 7° del Decreto Supremo N° 08395
[BO-DS-8616] Bolivia: Decreto Supremo Nº 8616, 21 de enero de 1969
Autorízase a la Empresa Nacional de Televisión Boliviana a emplear, indistintamente, según lo requiera el caso, la sigla indicada en el Decreto Supremo Nº 08571 de fecha 20 de noviembre de 1968, o bien la abreviación TV Boliviana.

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