CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Se crea la comisión encargada de coordinar la formulación y ejecución del proyecto piloto de explotación turística del Lago Titicaca.
Artículo 2°.- Dicha comisión estará presidida por el Ministro de Cultura, Información y Turismo e integrada por el Director Nacional de Turismo, el Director del Centro de Investigaciones Arqueológicas de Tiwanaku, el Asesor del Patrimonio Artístico Nacional, un delegado de la Junta de Estabilización Monetaria, el Director del Servicio Nacional de Caminos en representación del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, el Director de Asistencia Técnica del Ministerio de Planificación y el Director de Organismos Internacionales en representación del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo 3°.- La comisión coordinadora designará una Junta Ejecutiva del proyecto compuesta por cinco personas a la que se confiará la Dirección técnica del proyecto piloto en sus distintos aspectos y fases y se el prestará asesoría técnica del exterior.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 8614, 21 de enero de 1969 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se crea la comisión encargada de coordinar la formulación y ejecución del proyecto piloto de explotación turística del Lago Titicaca. | ||||
Keywords | Gaceta 436Costo de Edición:10 Bs., Decreto Supremo, enero/1969 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/3144 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 436Costo de Edición:10 Bs., 202106f.lexml | ||||
Creador | FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO Víctor Hoz de Vila; Rolando Pardo Rojas; Edwin Tapia; Joaquín Villanueva; Ignacio Paravicini; Dante Pavisich; Enrique Gallardo; Angel Baldivieso; Hugo Suárez Guzmán; Jorge Rojas Tardio; Alvaro Torrico; Jorge Ríos Gamarra. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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