CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Autorízase al Presidente de la Corporación Boliviana de Fomento a suscribir en representación del Supremo Gobierno de la República de Bolivia los veinticinco pagarés de cien mil dólares canadienses ($. can, . Ley Nº 00.000.00) cada uno. Nos. DPC-0l al BPC-25, que devengan el interés del 6% anual, que corresponden a la garantía solidaria otorga el Supremo Gobierno de Bolivia en favor de la firma Export Credits Insurance Corporation del Canadá, emergente del crédito otorgado por esta firma a la Compañía Boliviana de Energía Eléctrica S. A.- Bolivian Power Company Limited.
Artículo 2°.- Asimismo se autoriza a la Corporación Boliviana de Fomento a que suscriba con la Compañía Boliviana de Energía Eléctrica S. A.- Bolivian Power Company Limited, el contrato que establezca las condiciones en las que se concede la garantía.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 8579, 4 de diciembre de 1968 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autorízase al Presidente de la Corporación Boliviana de Fomento a suscribir y en representación del Supremo Gobierno de la República de Bolivia los veinticinco pagares de cien mil dólares canadienses | ||||
Keywords | Gaceta 430, Decreto Supremo, diciembre/1968 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/4039 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 430, 202106f.lexml | ||||
Creador | FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Enrique Gallardo Ballesteros, Rolando Pardo Rojas, Angel Baldivieso, Gustavo Méndez Torrico, Edwin Tapia, Hugo Suárez Guzmán, Alberto Larrea Humérez, René Baldivieso, Joaquín Villanueva, Jorge Rojas Tardío, Ignacio Paravicini, Alvaro Torrico, Dante Pavisich, Víctor Hoz de Vila. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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