CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Créase el institutot Boliviano de Promoción a las Exportaciones (INBOLPEX) con los siguientes objetivos:
Artículo 2°.- El Instituto de Promoción a las Exportaciones (INBOLPEX), tendrá un Consejo Directivo como órgano superior, y estará integrado por los Representantes de las siguientes Instituciones;
Artículo 3°.- Este Instituto que funcionará bajo la tuición del Ministerio de Hacienda por intermedio del Bacon Central de Bolivia, cuando sus actividades y organizaciones lo permitan, constituirá en una institución autárquica.
Artículo 4°.- Se aprueba el Estatuto orgánico en sus siete capítulos y veintiséis artículos.
Artículo 5°.- INBOLPEX, iniciará sus actividades a partir del presente año intentará sus oficinas principales en la ciudad de La Paz, pudiendo crear agencias en el interior y exterior de la República y coordinará su acción con el Centro Latinoamericano de Promoción de Exportaciones y cualquier otro organismo internacional dedicado a esas actividades.
Artículo 6°.- Derógase el Decreto Supremo Nº 08304 de fecha 21 de marzo de 1968.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 8573, 4 de diciembre de 1968 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Créase el institutot Boliviano de Promoción a las Exportaciones (INBOLPEX) | ||||
Keywords | Gaceta 430, Decreto Supremo, diciembre/1968 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/4033 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 430, 202106f.lexml | ||||
Creador | FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, David Fernández V., Enrique Gallardo, Rolando Pardo Rojas, Angel Baldivieso, Gustavo Méndez Torrico, Edwin Tapia, Hugo Suárez Guzmán, Alberto Larrea Humérez, Joaquín Villanueva, Jorge Rojas Tardío, Ignacio Paravicini, Dante Pavisich, Víctor Hoz de Vila. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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