Bolivia: Decreto Supremo Nº 8557, 20 de noviembre de 1968

Decreto Supremo Nº 08557
GRAL RENE BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que, es decisión del Supremo Gobierno garantizar el desarrollo integral del Departamento del Beni, creando los medios necesarios de financiamiento, para la promoción de sus recursos naturales, a fin de dinamizar el proceso de desarrollo nacional.

CONSIDERANDO:

  • Que, el Departamento del Beni, está llamado a cumplir una vasta función económica por el aprovechamiento de sus riquezas naturales, que se traducirá en el mejoramiento de las condiciones de vida de su población y del país.

CONSIDERANDO:

  • Que, tal propósito requiere la determinación de fuentes de financiamiento adceuado e indispensable, a cargo de una Comisión de estudio del más alto nivel.

POR TANTO,

DECRETA:

Artículo 1°.- Constitúyese una Comisión encargada de estudiar las fuentes adecuadas del financiamiento inmediato de recursos para la ejecución de planes y proyectos de desarrollo del Departamento del Beni,

Artículo 2°.- La referida Comisión estará integrada por los siguientes miembros del Consejo Nacional de Desarrollo y Estabilización.
Ministro de Hacienda
Ministro de Economía
Ministro de Coordinación y Planeamiento
Ministro de Obras Públicas y Comunicaciones
Presidente del Banco Central de Bolivia.

Artículo 3°.- La Comisión podrá crear las Subcomisiones que considere necesarias para el mejor desempeño de sus funciones, debiendo presentar el correspondiente informe en el plazo de noventa días, para lo que podrá requerir el asesoramieto de entidades públicas y privadas.


Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Hacienda, Economía y Planeamiento, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.-
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y ocho años.
FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Rolando Pardo Rojas, Alberto Larrea Humérez, René Baldivieso, Víctor Hoz de Vila, Gustavo Méndez Torrico.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 8557, 20 de noviembre de 1968
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioConstitúyese una Comisión encargada de estudiar las fuentes adecuadas del financiamiento inmediato de recursos para la ejecución de planes y proyectos de desarrollo del Departamento del Beni,
KeywordsGaceta 428, Decreto Supremo, noviembre/1968
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/4008
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 428, 202106f.lexml
CreadorFDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Rolando Pardo Rojas, Alberto Larrea Humérez, René Baldivieso, Víctor Hoz de Vila, Gustavo Méndez Torrico.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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Véase también

[BO-DS-8557] Bolivia: Decreto Supremo Nº 8557, 20 de noviembre de 1968
Constitúyese una Comisión encargada de estudiar las fuentes adecuadas del financiamiento inmediato de recursos para la ejecución de planes y proyectos de desarrollo del Departamento del Beni,

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