VISTOS Y CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Se autoriza al Consejo Nacional de Vivienda para que previa aprobación de la Junta de Almonedas y/o Directorio, suscriba contratos de construcción de obras, de adquisición de terrenos, materiales y artefactos de construcción y otros que tengan relación con los fines que debe realizar por las siguientes sumas:
Hasta la suma de CIENTO VEINTE mil PESOS BOLIVIANOS ($b.120.000.-) o el equivalente o DIEZ mil DOLARES AMERICANOS, ($us.10.000.-), con la sola intervensión del Representante de la Contraloría General de la República, de la suma anterior hasta UN MILLON DOSCIENTOS M PESOS BOLIVIANOS ($b.1.200.000.-) o el equivalente a CIEN mil DOLARES AMERICANOS, ($us.100.000).-), Resolución Ministerial y con intervención del Representante de la Contraloria General de la Republica.
Por sumas mayores a los límites establecidos en el presente Decreto, deben cumplirse los requisitos establecidos en la Resolución Suprema Nº 129185 y demás disposiciones legales.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 8554, 20 de noviembre de 1968 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se autoriza al Consejo Nacional de Vivienda para que previa aprobación de la Junta de Almonedas y/o Directorio, suscribir contratos de construcción de obras, de adquisición de terrenos, materiales y artefactos de construcción | ||||
Keywords | Gaceta 428, Decreto Supremo, noviembre/1968 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/4005 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 428, 202106f.lexml | ||||
Creador | FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Cap. David Fernández V., Gral. Enrique Gallardo B., Angel Baldivieso, Gustavo Méndez T., Alberto Larrea Humérez, René Baldivieso, Joaquín Villanueva L., Jorge Rojas Tardío, Víctor Hoz de Vila V. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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