Bolivia: Decreto Supremo Nº 8543, 13 de noviembre de 1968

Decreto Supremo Nº 08543
GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que, el Decreto Supremo Nº 08065 de 1 agosto de 1967, autoriza al señor Ministro de Minas y Petróleo suscribir un contrato de renovación con Bolivian Galf mil Comppany para la provisión mensual de 32.00 barriles de petróleo crudo destinado cumplir obligaciones con el Gobierno Argentino.
  • Que, es necesario normalizar las entrega de petróleo crudo a la República Argentin por concepto de pago de las obras viales como ser la construcción del Ferrocarril Yacuiba-Santa Cruz y la carretera Tarija-Bermejo.
  • Que, es necesario suscribir un nuevo contrato de renovación, con objeto de cumpli los compromisos Contraidos con la República Argentina.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Autorízase al señor Ministro de Minas y Petróleo para que en representación del Supremo Gobierno suscriba un nuevo contrato de renovación con Bolivian Gulf mil Company para la provisión mensual de 32.000 barriles de petróleo crudo, al precio de $us.2- por barril, sin tener en cuenta la gravedad del petróleo, puesto campo de producción.

Artículo 2°.- Bolivian Gulf mil Company hará sus entregas de petróleo en la cantidad indicada a partir del 1° de agosto de 1968 hasta el 31 de julio de 1969.

Artículo 3°.- Mantiénense vigentes los artículos 2º, 3º y 5º del Decreto Supremo Nº 7724 de 26 de julio de 1966.


Los señores Ministros de Estado en las Carteras de Minas y Petróleo y de Hacienda quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y ocho años.
FDO. GRAL. RENÉ BARRIENTOS ORTUÑO, Cap. David Fernández V., Gral. Enrique Gallardo, Rolando Pardo Rojas, Angel Baldivieso, Gustavo Méndez G., Edwin Tapia, Gral. Hugo Suarez G., A1berto Larrea H., René Valdivieso Joaquín Villanueva, Jorge Rojas Tardío, Alvaro Torrico, Dante Pavisich, Víctor Hoz de Vila.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 8543, 13 de noviembre de 1968
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutorízase al señor Ministro de Minas y Petróleo para que en representación del Supremo Gobierno suscriba un nuevo contrato de renovación con Bolivian Gulf Oil Company para la provisión mensual de 32.000 barriles de petróleo crudo, al precio de $us. 2- por barril
KeywordsGaceta 427, Decreto Supremo, noviembre/1968
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/3991
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 427, 202106f.lexml
CreadorFDO. GRAL. RENÉ BARRIENTOS ORTUÑO, Cap. David Fernández V., Gral. Enrique Gallardo, Rolando Pardo Rojas, Angel Baldivieso, Gustavo Méndez G., Edwin Tapia, Gral. Hugo Suarez G., A1berto Larrea H., René Valdivieso Joaquín Villanueva, Jorge Rojas Tardío, Alvaro Torrico, Dante Pavisich, Víctor Hoz de Vila.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-8543] Bolivia: Decreto Supremo Nº 8543, 13 de noviembre de 1968
Autorízase al señor Ministro de Minas y Petróleo para que en representación del Supremo Gobierno suscriba un nuevo contrato de renovación con Bolivian Gulf Oil Company para la provisión mensual de 32.000 barriles de petróleo crudo, al precio de $us. 2- por barril

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.