Bolivia: Decreto Supremo Nº 8540, 6 de noviembre de 1968

Decreto Supremo Nº 08540
GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que, las actividades artesanales en el país han sido abandonadas por falta de estímulo, de protección y asistencia técnica y económica.
  • Que, es deber del Gobierno llevar adelante una nueva política artesanal, dotando a esa actividad de los medios que requiera para desarrollarse plenamente;
  • Que, el medio más adecuado para la promoción artesanal es la organización de Exposiciones venta y Ferias Artesanales auspiciadas por organismos del Estado en cada capital de Departamento.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Anualmente, el día 15 de marzo, en conmemoración al “Día del Gremial” cada capital de Departamento se realizarán una Feria Artesanal, en la que podrán practicar los artesanos citadinos y rurales;

Artículo 2°.- La realización de esta Feria Artesanal en todas las capitales de Departamento estará liberada de todo impuesto, a fin de estimular la labor artesanal y procurar una mayor concurrencia de artesanos.

Artículo 3°.- Simultáneamente a estas “Ferias” se organizarán festivales folklóricos, cuyas recaudaciones estarán destinadas en un 50% para incremento del Museo Nacional de Artesanía Popular, y el otro 50% para la Confederación de Trabajadores Gremiales de Bolivia;

Artículo 4°.- El Ministerio de Cultura, Información y Turismo y la Confederación de Gremiales de Bolivia serán los encargados de la organización de ésta feria anual en todas las Capitales de Departamento.

Artículo 5°.- El Ministerio de Cultura, Información y Turismo reglamentará el presente Decreto Supremo y buscará el financiamiento correspondiente.


Es dado en el Palacio de Gobierno de la Paz, a los seis días del me mil novecientos sesenta y ocho años
FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Cap. David Fernández V., Gral. Enrique Gallardo B., Rolando Pardo Rojas, Angel Baldivieso, Gustavo Méndez T., Edwin Tapia, Gral. Hugo Suarez G., A1berto Larrea H., Joaquín Villanueva, Jorge Rojas Tardío, Alvaro Torrico, Dante Pavisich, Víctor Hoz de Vila.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 8540, 6 de noviembre de 1968
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAnualmente, el día 15 de marzo, en conmemoración al "Día del Gremial" cada capital de Departamento se realizarán una Feria Artesanal, en la que podrán practicar los artesanos citadinos y rurales;
KeywordsGaceta 426, Decreto Supremo, noviembre/1968
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/3988
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 426, 202106f.lexml
CreadorFDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Cap. David Fernández V., Gral. Enrique Gallardo B., Rolando Pardo Rojas, Angel Baldivieso, Gustavo Méndez T., Edwin Tapia, Gral. Hugo Suarez G., A1berto Larrea H., Joaquín Villanueva, Jorge Rojas Tardío, Alvaro Torrico, Dante Pavisich, Víctor Hoz de Vila.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-8540] Bolivia: Decreto Supremo Nº 8540, 6 de noviembre de 1968
Anualmente, el día 15 de marzo, en conmemoración al "Día del Gremial" cada capital de Departamento se realizarán una Feria Artesanal, en la que podrán practicar los artesanos citadinos y rurales;

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.