CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Declárase de necesidad y utilidad pública la expropiación de Ciento Cincuenta mil metros cuadrados (150 000 m2.) de terrenos, pertenecientes a varios propietarios, comprendidos entre los puntos de intersección del eje de la vía principal, en los Kms 928.393.80 y 928.649 20 del tramo ferroviario Machacamarca-Oruro y en el lugar elegido, en la zona de Vinto, Provincia Cercado del Departamento de Oruro, con destino a la instalación de hornos de la Empresa Nacional de Fundiciones, asi como para la construcción de una línea de desvío que servirá, en forma preferencial, para el transporte de maquinarias, materias primas de fundición y productos metálicos elaborados por ENAF.
Artículo 2°.- La Prefectura del Departamento de Oruro, queda encargada del trámite de expropiación, de conformidad a lo dispuesto por la Ley de 30 de diciembre de 1884.
Artículo 3°.- El monto de la indemnización correspondiente al valor de los terrenos a expropiarse será abonado por la Empresa Nacional de Ferrocarriles, conforme a lo erigido por el citado Decreto de 4 de abril de 1879.
Artículo 4°.- Libérase de los impuestos de transferencia al traspaso de dominio emergente de este Decreto.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 8446, 1 de agosto de 1968 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Declara de necesidad y utilidad pública la expropiación de 150.000 m2. de terreno en el tramo ferroviario Machacamarca - Oruro Zona Vinto para instalación Hornos de la Empresa Nacional de Fundiciones. | ||||
Keywords | Gaceta 412, Decreto Supremo, agosto/1968 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/3092 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 412, 202106f.lexml | ||||
Creador | FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Cnl. Manuel Soria Galvarro; Cnl. Gustavo Méndez T.; Gral. Roberto Flores; Cnl. José Patiño A.; Gral. Alberto Larrea H.; Cnl. Francisco Baldi; Gral. Efraín Guachalla; My. Jaime Galindo; Cnl. Alberto Guzmán S.; Gral. Juan Lechín S. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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