CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS, Y CON DICTAMEN FAVORABLE DEL CONSEJO NACIONAL DE DESARROLLO Y ESTABILIZACIÓN,
DECRETA:
Artículo 1°.- Dispónese la adhesión del Gobierno de Bolivia a la campaña numismática de la FAO 1968 y se autoriza al Banco Central de Bolivia la acuñación hasta 40.000 piezas de monedas de UN PESO BOLIVIANO con las mismas características señaladas en el Decreto Supremo Nº 08159 de 28-11-67, y con poder liberatorio que señala el art.4° del citado Decreto, añadiéndose únicamente en el reverso la frase ‘Guerra contra el hambre” y la fecha 16 de octubre de 1968.
Artículo 2°.- Estas monedas conmemorativas especiales, serán puestas a disposición de la FAO, en la cantidad que requiera ese organismo Internacional, hasta la cantidad señalada en el art.1° El producto de la venta de esas monedas por parte de la FAO, en colecciones numismáticas, será destinado a la promoción de programas agrícolas en el país conforme a acuerdo especial a que se arribará con dicho Organismo Internacional,
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 8444, 1 de agosto de 1968 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Dispone la adhesión del Gobierno de Bolivia a la Campaña Numismática de la FAO autorizando al Banco Central de Bolivia la acuñación hasta 40.000 piezas de monedas de un peso. | ||||
Keywords | Gaceta 412, Decreto Supremo, agosto/1968 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/3090 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 412, 202106f.lexml | ||||
Creador | FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Gral. Enrique Gallardo B., Cnl. Manuel Soria Galvarro, Cnl. Gustavo Méndez T., Gral. Roberto Flores B., Cnl. José Patiño A., Cnl. Alberto Larrea H., Cnl. Francisco Baldi, Gral. Efraín Guachalla, My. Jaime Galindo de U., Cnl. Alberto Guzmán Soriano, Gral. Juan Lechín S. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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