CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Créase una Comisión encargada de estudiar las condiciones de vida y de trabajo de los trabajadores siringueros y castañeros del noroeste y oriente de la República (Departamento de Pando, Beni y Santa Cruz) integrado en la siguiente forma:
Artículo 2°.- Dicha comisión tendrá por objeto establecer, en el terreno, las condiciones de vida y de trabajo, la naturaleza jurídica del contrato, y las bases biométricas y estadísticas que permitan establecer las normas legales, económicas, financieras y sociales para la aplicación de la Ley General del Trabajo y del Código de Seguridad Social, en favor de esos sectores laborales.
Artículo 3°.- La Comisión presentará sus conclusiones en el plazo de 120 días, computables desde la iniciación de sus labores.
Artículo 4°.- Los gastos de ella serán finaciados por el Comité Regional de Desarrollo del Noroeste, con sede en Cobija, la Cámara de Industria Riberalta, y la Cámara Departamental de Industria de Santa Cruz, en partes proporcionales.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 8435, 31 de julio de 1968 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Crea comisión encargada de estudiar las condiciones de vida y trabajo de los trabajadores siringueros y castañeros del noroeste y oriente de la Re pública. | ||||
Keywords | Gaceta 411, Decreto Supremo, julio/1968 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/3084 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 411, 202106f.lexml | ||||
Creador | FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, David Fernández V.; Enrique Gallardo B.; Contra-Alm. Alberto Albarracin; Gustavo Méndez T.; José Patiño A.; Francisco Baldi S.; Efraín Guachalla; Jaime Galindo de U.; Alberto Guzmán S. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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