Bolivia: Decreto Supremo Nº 8434, 31 de julio de 1968

Decreto Supremo Nº 08434
GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que mediante Decreto Supremo Nº 07131 de 21 de abril de 1965, se autorizó al Ministerio de Defensa Nacional proceder a la adquisición del edificio construído por la Comisión Internacional de conexión vial Argentino-Boliviana, de propiedad del Servicio Nacional de Caminos;
  • Que el valor a obtenerse por el Servicio Nacional de Caminos debía ser empleado por éste en el mejoramiento y mantenimiento del camino Tarija-Bermejo;
  • Que el Batallón “Chorolque” 1° de Ingenieros, de Tarija, ha venido realizando trabajos de mantenimiento y mejoramiento de los caminos del Sud de la República y como tal adquisición no se ha concretado hasta la fecha, por falta de recursos económicos del Ministerio de Defensa Nacional y porque el inmueble debe ser usado y ocupado temporalmente, corresponde disponer que dicha compra venta sea a título gratuito, pudiendo compensarse con servicios directos que preste el Batallón “Chorolque” 1° de Ingenieros de Tarija, en forma permanente para obtener el mejoramiento y mantenimiento del mencionado camino.

EN CONSEJO DE MINISTROS, Y CON CARGO DE APROBACIÓN LEGISLATIVA,

DECRETA:

Artículo Único.- En vía de complementación del Decreto Supremo Nº 07131 de 21 de abril de 1965, se dispone la transferencia interministerial, a título gratuito, del edificio construído por la Comisión Internacional de conexión vial Argentino-Boliviana, de actual propiedad del Servicio Nacional de Caminos, en favor del Ministerio de Defensa Nacional y con destino al Batallón “Chorolque” 1° de Ingenieros; debiéndose compensar con los servicios directos que preste el Batallón “Chorolque” 1° de Ingenieros, de Tarija, para el mejoramiento y mantenimiento del camino Tarija-Bermejo.


Los señores Ministros de Estado, en los Despachos de Obras Públicas y Comunicaciones; de Defensa Nacional y de Hacienda, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los veinte y nueve días del mes de Julio de mil novecientos sesenta y ocho aos.
FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Samuel Alcoreza M; David Fernández; Contra Almirante Alberto Albarracín; Gustavo Méndez T., Alberto Larrea H.; Efraín Guachalla; Gral. Enrique Gallardo; Cnl. Manuel Soria G.; Gral. Roberto Flores B.; Cnl. José Patiño A.; Cnl. Francisco Baldi; Cnl. Alberto Guzmán.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 8434, 31 de julio de 1968
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioComplementa el DS. Nº 07131 de 21-4-65 disponiendo la transferencia gratuita del edificio construido por la Comisión Internacional de conexión vial Argentino Boliviana en favor del Ministerio de Defensa Nacional.
KeywordsGaceta 411, Decreto Supremo, julio/1968
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/3083
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 411, 202106f.lexml
CreadorFDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Samuel Alcoreza M; David Fernández; Contra Almirante Alberto Albarracín; Gustavo Méndez T., Alberto Larrea H.; Efraín Guachalla; Gral. Enrique Gallardo; Cnl. Manuel Soria G.; Gral. Roberto Flores B.; Cnl. José Patiño A.; Cnl. Francisco Baldi; Cnl. Alberto Guzmán.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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Véase también

[BO-DS-8434] Bolivia: Decreto Supremo Nº 8434, 31 de julio de 1968
Complementa el DS. Nº 07131 de 21-4-65 disponiendo la transferencia gratuita del edificio construido por la Comisión Internacional de conexión vial Argentino Boliviana en favor del Ministerio de Defensa Nacional.

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