CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Autorizase a la Lotería Nacional de Beneficencia y Salubridad la realización de un sorteo extraordinario, cuyas utilidades se destinan a la creación de un “Fondo de Auxilio” para los familiares desamparados de los caídos en la lucha antiguerrillera;
Artículo 2°.- Estos fondos serán administrados por un Comité formado por la Primera Dama de la Nación y un representante del Ministerio de Defensa, con intervención de la Contraloría General, a cuyo efecto se abrirá una cuenta especial en el Banco de Bolivia.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 8387, 19 de junio de 1968 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autorizase a la Lotería Nacional de Beneficencia y Salubridad la realización de un sorteo extraordinario, cuyas utilidades se destinan a la creación de un “Fondo de Auxilio” para los familiares desamparados de los caídos en la lucha antiguerrillera | ||||
Keywords | Gaceta 405, Decreto Supremo, junio/1968 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/35233 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 405, 202106f.lexml | ||||
Creador | FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Tomás Guilermo Elío, Antonio Arguedas Mendieta, José Romero Loza, Gral. Enrique Gallardo Ballesteros, Hugo Carmona Maldonado, Mario Estenssoro Vasquez, Gustavo Méndez Torrico, Alberto Larrea Humérez, Jesús Lijerón Rodríguez, Marcelo Galindo de Ugarte. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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