CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- De conformidad al Artículo 1° del Decreto Supremo Nº 08248 de 30 de enero de 1968, el saldo de £626.839.708 que debe abonar nuestro país al Buffer Stock del Tercer Convenio Internacional del Estaño, será cubierto hasta el 30 de junio del año en curso, por los siguientes grupos productores:
Corporación Minera de Bolivia | £ 424.658.829 | 67.75% |
Banco Minero de Bolivia | £ 80.022.357 | 12.76% |
Asociación Nal. de Mineros Medianos | £ 122.158.522 | 19.49% |
TOTAL | £ 626.839.708 | 100.00% |
Corporación Minera de Bolivia | £ 2.130.808.060 | 62.97% |
Tesoro Nacional | £ 783.578.711 | 23.16% |
Banco Minero de Bolivia | £ 347.454.707 | 10.27% |
Asociación Nal. de Mineros Medianos | £ 122.158.522 | 3.60% |
TOTAL | £ 3.384.000.000 | 100.00% |
Artículo 2°.- La cuota de £ 122.158.522 asignada a la Asociación Nacional de Mineros Medianos, deberá ser abonada por cada uno de sus miembros productores de estaño, asociados, en proporción a sus exportaciones efectuadas durante la gestión de 1967.
Artículo 3°.- Los gastos administrativos, tanto del Consejo Internacional del Estaño cuanto del Instituto de Investigaciones del Estaño en la cuota correspondiente a nuestro país, deberán ser abonados por los grupos productores señalados en el Artículo 1° proporcionalmente al porcentaje de sus exportaciones, efectuadas en cada año anterior.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 8385, 19 de junio de 1968 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Dispone pago del saldo que adeuda el país al Buffer Stoch, por tercer convenio internacional de estaño. | ||||
Keywords | Gaceta 405, Decreto Supremo, junio/1968 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/35231 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 405, 202106f.lexml | ||||
Creador | FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Tomás Guillermo Elío, Antonio Arguedas M., José Romero Loza, Gral. Enrique Gallardo B., Hugo Carmona M., Mario Estenssoro V., Gustavo Méndez T., Miguel Bonifaz P., Lucio Paz Rivero., Jesús Lijerón R., Juan Asbún Z., Jorge Solíz R., Juan Lechín S., Rolando Pardo R., Marcelo Galindo de U. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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