Bolivia: Decreto Supremo Nº 8369, 29 de mayo de 1968

Decreto Supremo Nº 08369
GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • El oficio N° DAS-09-691-68 de 20 de marzo del año en curso, enviado por la Dirección General de Aduanas, remitiendo los actuados sobre el remate de maquinarias, accesorios y repuestos, motores y material para ingenio azucarero de propiedad del Ingenio Azucarero “LA ESPERANZA”, caídos en rezago en la Aduana Distrital de Cochabamba; la valorización, aforo y liquidación practicada por Pablo Merino Goitia, Vista de Aduanas, el oficio y valorización presentado por Abbott J. Reeves, Liquidador Avaluador de USAID/B, las Publicaciones y Actas de Remate respectivos y la Nota de oferta de contra propuesta por industrias “La Bélgica” S. A.
  • Que el indicado material contenido en 395 (trescientos noventicinco) bultos, de propiedad del ingenio Azucarero “La Esperanza”, con valor de 149.509.61 (ciento cuarentinueve mil quinientos nueve 61/100 dólares americanos) según documentación aduanera, ha permanecido en rezago en los Almacenes de la Aduana Distrital de Cochabamba a partir de la gestión 1968, hasta el presente, ascendiendo a $b.2.031.784,50 (dos millones treinta y uno mil novecientos ochenticuatro 50/100 pesos bolivianos) la tasa de almacenaje o servicios prestados, tipificándose consiguientemente su abandono como abandono de hecho, según el Artículo 289 de la Ley Orgánica de Aduanas.
  • Que como consecuencia del abandono y el deterioro del material ha adjudicarse ha sido valorizado por el señor Abbott J. Reevesves, Liquidador-Avaluador de USAID/B, en $us.26.668.- (veintiseis mil seiscientos sesenta y ocho 00/100 dólares americanos).
  • Que en cumplimiento a las determinaciones contenidas en el Artículo 294 de la Ley Orgánica de Aduanas, la Aduana Distrital de esta ciudad, ha sido delegada por instrucciones expresas para efectuar la Convocatoria de Remate, mediante Publicaciones de Aviso de Remate, difundida en fecha 29 de abril de 1968 a través de la prensa local “Ultima Hora” y Presencia”, sobre la base de $b.2.150.328.10; (dos milones ciento cincuenta mil trescientos veintiocho 10/100 pesos bolivianos), que representa los gravámenes aduaneros de importación.
  • Que como emergencia de esta circunstancia, la firma industrial Gasser & Cía., Industrias “La Bélgica” S. A., propone como la única interesada en su compra, la suma de $us.30.000.- (treinta mil dólares americanos), más $b.24.000.- (veinticuatro mil pesos bolivianos); de los cuales deben deducirse $us.4.500.- (cuatro mil quinientos dólares americanos), para efectuar pagos a terceros, por concepto de fletes y otros gastos, siendo de exclusiva responsabilidad de “La Bélgica” la cancelación de estos gastos, consiguientemente cumplidas las formalidades de rigor para su remate, conviene en dictaminarse lo que corresponde.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Autorizar a la Dirección General de Aduanas, adjudicar en venta a la firma industrial GASSER & CIA. INDUSTRIAS “LA BELGICA” S. A. la cantidad de 395 (trescientos noventicinco) bultos conteniendo: Maquinaria mezcladora para ingenio azucarero, partes y plazos de repuesto para máquinas é ingenios, tanques de acero desarmados, estructura de acero, válvulas para tubería de acero, partes y repuestos para válvulas, motor eléctrico, partes para maquinaria, filtro centrífugo completa, motor eléctrico, material aislante, ladrillos refractarios, asbesto en polvo aislante válvula de escape, equipos para laboratorio, por la suma de $us.30.000- (treinta mil dólares americanos). más $b.24.000.- (veinticuatro mil pesos bolivianos) que deberán ser depositados en la Cuenta Recaudaciones Aduaneras del Tesoro General de la Nación de los cuales deberan deducirse $us.4.500.- (cuatro mil quinientos dólares americanos) destinados a la cancelación por propia cuenta y responsabilidad de los compradores los fletes de ferrocarril Sección Boliviana y otros gastos.


El señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de junio de mil novecientos sesenta y ocho años.
FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Tomás Guillermo Elío, Antonio Arguedas M., José Romero Loza, Gral. Enrique Gallardo B., Hugo Carmona Maldonado., Mario Estenssoro V., Gustavo Méndez T., Miguel Bonifaz P., Alberto Larrea H., Lucio Paz Rivero., Jesús Lijerón R., Juan Asbún Z., Jorge Solíz R., Juan Lechín S., Marcelo Galindo de U.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 8369, 29 de mayo de 1968
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutoriza a la Dirección General de Aduanas adjudicar en venta a Gasser y Cía. Industrias "La Bélgica" 395 bultos conteniendo maquinaria mezcladora, tanques, repuestos, etc. equipos para laboratorio, por la suma de $us. 30.000.- más $b. 24.000.-
KeywordsGaceta 403, Decreto Supremo, mayo/1968
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/3041
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 403, 202106f.lexml
CreadorFDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Tomás Guillermo Elío, Antonio Arguedas M., José Romero Loza, Gral. Enrique Gallardo B., Hugo Carmona Maldonado., Mario Estenssoro V., Gustavo Méndez T., Miguel Bonifaz P., Alberto Larrea H., Lucio Paz Rivero., Jesús Lijerón R., Juan Asbún Z., Jorge Solíz R., Juan Lechín S., Marcelo Galindo de U.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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[BO-DS-8369] Bolivia: Decreto Supremo Nº 8369, 29 de mayo de 1968
Autoriza a la Dirección General de Aduanas adjudicar en venta a Gasser y Cía. Industrias "La Bélgica" 395 bultos conteniendo maquinaria mezcladora, tanques, repuestos, etc. equipos para laboratorio, por la suma de $us. 30.000.- más $b. 24.000.-

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