Bolivia: Decreto Supremo Nº 29767, 29 de octubre de 2008

ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que es necesario dar continuidad al proceso de implementación de la Política Nacional de Gestión de Riesgos en coordinación con los niveles sectoriales y territoriales de la administración pública, en concordancia con los objetivos establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo - PND.
  • Que es preciso apoyar la implementación del Plan Nacional de Rehabilitación y Reconstrucción - PNRR, con la atención de la población en las regiones afectadas por los eventos generados por la presencia de los Fenómenos Naturales de “El Niño 2006 - 2007” y “La Niña 2007 - 2008” en Bolivia y fortalecer las capacidades de recuperación del país en los niveles nacional, regional y local, ante la probabilidad de futuros desastres.
  • Que para tal efecto, el Banco Mundial - Asociación Internacional de Fomento-AIF, ha aprobado conceder a la República de Bolivia un crédito adicional de hasta DEGs 2.700.000.- (DOS MILLONES novecientos mil 00/100 DERECHOS ESPECIALES DE GIRO), destinados a ampliar el financiamiento del Proyecto “Recuperación de Emergencias y Gestión de Desastres”.
  • Que es preciso autorizar la suscripción del respectivo Convenio de Crédito con el Banco Mundial - Asociación Internacional de Fomento-AIF, a objeto de viabilizar la ampliación del financiamiento.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.-

  1. Se autoriza al Ministro de Planificación del Desarrollo, o en su defecto al Encargado de Negocios a. i. de la Embajada de Bolivia en los Estados Unidos de Norteamérica, a suscribir con el Banco Mundial en nombre y representación del Gobierno de la República de Bolivia, el Convenio de Crédito de hasta DEGs 2.700.000.- (DOS MILLONES novecientos mil 00/100 DERECHOS ESPECIALES DE GIRO), equivalentes a $us4.410.000.- (CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS DIEZ mil 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES), destinados a ampliar el financiamiento del Proyecto “Recuperación de Emergencias y Gestión de Desastres”. Una vez suscrito el Convenio de Crédito, deberá ser remitido a consideración del Poder Legislativo en cumplimiento a lo dispuesto por la Atribución 5ª del Artículo 59 de la Constitución Política del estado.
  2. Se autoriza al Ministro de Hacienda la suscripción de una Resolución Bi - Ministerial conjuntamente el Ministro de Planificación del Desarrollo, para la transferencia de parte de los recursos adicionales y ejecución del Proyecto al Viceministerio de Planificación Territorial y Ambiental, específicamente en el Componente Uno (1) del Convenio de Crédito.
  3. Se autoriza al Ministro de Hacienda la suscripción de un Convenio Subsidiario con el Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social - FPS, para la transferencia de parte de los recursos adicionales y ejecución del Proyecto, específicamente en el Componente Dos (2) del Convenio de Crédito.


Los señores Ministros de Estado, en los Despachos de Defensa Nacional, de Planificación del Desarrollo y de Hacienda, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte y nueve días del mes de octubre del año dos mil ocho.
Fdo. ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA, Juan Ramón Quintana Taborga MINISTRO DE LA PRESIDENCIA É INTERINO DE RR. EE. Y CULTOS Y DEFENSA NACIONAL, Alfredo Octavio Rada Vélez, Celima Torrico Rojas, Carlos Villegas Quiroga MINISTRO DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO E INTERINO DE OO. PP. SERVICIOS Y VIVIENDA, Luis Alberto Arce Catacora MINISTRO DE HACIENDA É INTERINO DE PRODUCCIÓN Y MICROEMPRESA, René Gonzalo Orellana Halkyer, Carlos Romero Bonifaz, Saúl Ávalos Cortez, Luís Alberto Echazú Alvarado, Walter J. Delgadillo Terceros, María Magdalena Cajías de la Vega, Jorge Ramiro Tapia Sainz, Héctor E. Arce Zaconeta.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 29767, 29 de octubre de 2008
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutoriza al Ministro de Planificación del Desarrollo, o en su defecto al Encargado de Negocios a.i. de la Embajada de Bolivia en los Estados Unidos de Norteamérica, a suscribir con el Banco Mundial en nombre y representación del Gobierno de la República de Bolivia, el Convenio de Crédito de hasta DEGs 2.700.000, equivalentes a $us4.410.000, destinados a ampliar el financiamiento del Proyecto “Recuperación de Emergencias y Gestión de Desastres”.
KeywordsGaceta 3135, 2008-10-29, Decreto Supremo, octubre/2008
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/27283
Referencias2008.lexml
CreadorFdo. ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA, Juan Ramón Quintana Taborga MINISTRO DE LA PRESIDENCIA É INTERINO DE RR. EE. Y CULTOS Y DEFENSA NACIONAL, Alfredo Octavio Rada Vélez, Celima Torrico Rojas, Carlos Villegas Quiroga MINISTRO DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO E INTERINO DE OO. PP. SERVICIOS Y VIVIENDA, Luis Alberto Arce Catacora MINISTRO DE HACIENDA É INTERINO DE PRODUCCIÓN Y MICROEMPRESA, René Gonzalo Orellana Halkyer, Carlos Romero Bonifaz, Saúl Ávalos Cortez, Luís Alberto Echazú Alvarado, Walter J. Delgadillo Terceros, María Magdalena Cajías de la Vega, Jorge Ramiro Tapia Sainz, Héctor E. Arce Zaconeta.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-20040413] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2004, 13 de abril de 2004
Constitución Política del Estado de 2004

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