CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Se establece que en caso de ausencia definitiva del Prefecto de Departamento, el Presidente de la República designará mediante Decreto Presidencial al Prefecto de Departamento Interino, hasta que se posesione al Prefecto electo a fin de concluir con el período para el cual fue elegido el antecesor en el marco de la Ley Nº 3090 de 6 de julio de 2005.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 29468, 5 de marzo de 2008 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Establece que en caso de ausencia definitiva del Prefecto de Departamento, el Presidente de la República designará mediante Decreto Presidencial al Prefecto de Departamento Interino, hasta que se posesione al Prefecto electo a fin de concluir con el período para el cual fue elegido el antecesor en el marco de la Ley Nº 3090 de 6 de julio de 2005. | ||||
Keywords | Gaceta 3073, 2008-03-06, Decreto Supremo, marzo/2008 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/26983 | ||||
Referencias | 2008.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Alfredo Rada Vélez MINISTRO DE GOBIERNO É INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTOS, Walker San Miguel Rodríguez, Celima Torrico Rojas, Graciela Toro Ibáñez, Luis Alberto Arce Catacora, Walter Valda Rivera, Angel Javier Hurtado Mercado, Oscar Coca Antezana, Susana Rivero Guzmán, Carlos Villegas Quiroga, Luis Alberto Echazú Alvarado, Walter J. Delgadillo Terceros, Maria Magdalena Cajias de la Vega, Walter Selum Rivero. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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