Bolivia: Decreto Supremo Nº 29298, 3 de octubre de 2007

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Instituto Nacional de Estadística - INE, es el Órgano Ejecutivo del Sistema Nacional de Información Estadística de Bolivia, tiene la responsabilidad de obtener, analizar, procesar y proporcionar de manera eficiente la información estadística para orientar el desarrollo socio - económico del país.
  • Que el INE, tiene como funciones continuas, operativos de campo a través de censos y encuestas, para lo cual requiere disponibilidad de vehículos con el objeto de desplazar al personal operativo y material estadístico, en las diferentes áreas geográficas seleccionadas dentro del territorio nacional, área urbana y rural.
  • Que el INE, en el marco del Plan Estratégico Institucional PEI 2005 - 2009, viene ejecutando una serie de operativos estadísticos en el ámbito económico y sociodemográfico con el fin de actualizar los años base de las estadísticas y satisfacer la demanda de información de la sociedad, para tal efecto, el Plan Operativo Anual 2007, incorpora actividades estadísticas detalladas que están relacionadas a operativos de campo en el área urbana y rural, las mismas que requieren contar con vehículos para el correspondiente desplazamiento de personal operativo y material estadístico.
  • Que el INE, cuenta con un parque automotor insuficiente para cubrir las necesidades emergentes del operativo estadístico planificado para la Encuesta de Hogares 2007, a realizarse en el mes de noviembre de 2007, situación que justifica la necesidad de alquilar cuatro (4) vehículos para el cumplimiento de los objetivos.
  • Que el Decreto Supremo Nº 27327 de 31 de enero de 2004, establece un marco de austeridad y racionalización del gasto de las entidades públicas con toda fuente de financiamiento, asimismo en su Artículo 20 establece la prohibición expresa de la compra o alquiler de vehículos por las entidades públicas.
  • Que la atención de la Encuesta de Hogares 2007 requiere el desplazamiento del personal encuestador, supervisores y materiales de escritorio, para lo cual se justifica la necesidad de alquilar cuatro (4) vehículos que sirvan de apoyo para cumplir con los objetivos esperados.
  • Que para efectivizar el proceso de contratación de movilidades para el INE correspondiente a la gestión 2007, es necesario promulgar un Decreto Supremo que justifique la necesidad de levantar la restricción establecida por el Artículo 20 del Decreto Supremo Nº 27327.
  • Que en reunión del Consejo Nacional de Política Económica y Social - CONAPES, de 1 de octubre de 2007, se determinó aprobar el presente Decreto Supremo, a solicitud del Ministerio de Planificación del Desarrollo.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.-

  1. Se autoriza al Instituto Nacional de Estadística - INE, bajo tuición del Ministerio de Planificación del Desarrollo, el alquiler de cuatro (4) camionetas doble cabina 4 x 4 de características estándar, con capacidad para cinco (5) pasajeros, aptas para todo terreno, necesarias e imprescindibles para el cumplimiento de los operativos de campo que ejecutaran en el área urbana y rural, en función de su presupuesto inscrito en el Presupuesto General de la Nación 2007, para dar cumplimiento a los objetivos de esta entidad.
  2. El alquiler de los vehículos señalados deberá realizarse bajo las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios.


El Señor Ministro de Estado, en el Despacho de Planificación del Desarrollo, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de octubre del año dos mil siete.
Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Alfredo Octavio Rada Vélez, Walker San Miguel Rodríguez, Celima Torrico Rojas, Gabriel Loza Tellería, Luis Alberto Arce Catacora MINISTRO DE HACIENDA E INTERINO DE PRODUCCION Y MICROEMPRESA, Abel Mamani Marca, José Kinn Franco, Susana Rivero Guzmán, Carlos Villegas Quiroga, Luis Alberto Echazú Alvarado, Walter Delgadillo Terceros MINISTRO DE TRABAJO E INTERINO DE SALUD Y DEPORTES, María Magdalena Cajías de la Vega.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 29298, 3 de octubre de 2007
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutoriza al Instituto Nacional de Estadística - INE, bajo tuición del Ministerio de Planificación del Desarrollo, el alquiler de cuatro (4) camionetas doble cabina 4 x 4 de características estándar, con capacidad para cinco (5) pasajeros, aptas para todo terreno, necesarias e imprescindibles para el cumplimiento de los operativos de campo que ejecutaran en el área urbana y rural, en función de su presupuesto inscrito en el Presupuesto General de la Nación 2007, para dar cumplimiento a los objetivos de esta entidad.
KeywordsGaceta 3030, 2007-10-03, Decreto Supremo, octubre/2007
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/26808
Referencias2007.lexml
CreadorFdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Alfredo Octavio Rada Vélez, Walker San Miguel Rodríguez, Celima Torrico Rojas, Gabriel Loza Tellería, Luis Alberto Arce Catacora MINISTRO DE HACIENDA E INTERINO DE PRODUCCION Y MICROEMPRESA, Abel Mamani Marca, José Kinn Franco, Susana Rivero Guzmán, Carlos Villegas Quiroga, Luis Alberto Echazú Alvarado, Walter Delgadillo Terceros MINISTRO DE TRABAJO E INTERINO DE SALUD Y DEPORTES, María Magdalena Cajías de la Vega.
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PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-27327] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27327, 31 de enero de 2004
Marco de austeridad racionalizando el gasto de las entidades públicas, exceptuando los Gobiernos Municipales y Universidades.

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