CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo, tiene por objeto complementar el Artículo 21 del Decreto Supremo Nº 28631 de 8 de marzo de 2006 - Reglamento a la Ley de Organización del Poder Ejecutivo.
Artículo 2°.- (Complementacion) Se complementa el Parágrafo I del Artículo 21 del Decreto Supremo Nº 28631, de la siguiente forma:
“I. Para los viajes oficiales fuera del país, que deban realizar Ministros y Viceministros, el permiso de viaje, asignación de viáticos y pasajes, será autorizado mediante Resolución Suprema. La Autorización de viaje y la designación de interinato se tramitarán previamente a su realización, a cuyo efecto los Ministros y Viceministros deberán presentar su solicitud al menos con cuatro (4) días hábiles de anticipación al viaje, plazo para el procesamiento, emisión y firma de la correspondiente Resolución Suprema.
Excepcionalmente, los Ministros y Viceministros, que por razones justificadas, previa presentación del informe que contenga mínimamente la justificación de la urgencia del viaje y los resultados conseguidos, podrán solicitar la convalidación de viaje mediante Resolución Suprema, en el plazo de cuatro (4) días hábiles posteriores a su retorno, solicitud que podrá ser aceptada o denegada por el Ministro de la Presidencia, en representación del Presidente de la República.”
Artículo 3°.- (Viajes anteriores) Excepcionalmente, quedan ratificadas todas las Resoluciones Supremas que convalidaron viajes realizados por Ministros y Viceministros de Estado y aquellas que autorizaron los viajes de los mismos con fecha posterior al día del viaje, en el período comprendido entre el 8 de marzo de 2006 a la fecha de publicación del presente Decreto Supremo,
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 28935, 22 de noviembre de 2006 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Complementar el Artículo 21 del Decreto Supremo N° 28631 de 8 /03/ 2006 - Reglamento a la Ley de Organización del Poder Ejecutivo (Viajes oficiales fuera del país). | ||||
Keywords | Gaceta 2943, 2006-11-24, Decreto Supremo, noviembre/2006 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/26440 | ||||
Referencias | 2006.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga Ministro de la Presidencia e Interino de Gobierno, Walker San Miguel Rodríguez, Casimira Rodríguez Romero, Hernándo Larrazabal Córdova, Luis Alberto Arce Catacora, Abel Mamani Marca, Celinda Sosa Lunda, Salvador Ric Riera, Hugo Salvatierra Gutiérrez, Carlos Villegas Quiroga, José Guillermo Dalence Salinas, Santiago Alex Gálvez Mamani, Félix Patzi Paco, Nila Heredia Miranda. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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