CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE GABINETE,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto incrementar la oferta nacional de Diesel Oil, incorporando componentes de origen vegetal y, cumpliendo con las especificaciones de calidad vigentes.
Artículo 2°.- (Definiciones) A los efectos y alcances del presente Decreto Supremo, se establecen las siguientes definiciones y denominaciones:
- Componente de origen vegetal: Es el producto obtenido a partir del proceso químico de esterificación, que utiliza como materia prima un aceite vegetal.
- diesel oil de origen mineral: Es el diesel oil proveniente de la refinación del petróleo crudo en refinerías.
- diesel oil con componente de origen vegetal: Es la mezcla de diesel oil de origen mineral con componente de origen vegetal.
- Productor de diesel oil con componente de origen vegetal: Es la persona individual o colectiva, que cuenta con una Unidad de Proceso para producir el componente de origen vegetal ó una refinería que adquiera dicho componente, en ambos casos, para mezclarlo con diesel oil de origen mineral.
Artículo 3°.- (Autorizacion) La construcción y operación de las Unidades de Proceso, para la producción de diesel oil con componente de origen vegetal, deberá ser autorizada por la Superintendencia de Hidrocarburos.
Artículo 4°.- (Especificaciones de calidad) Las Unidades de Proceso que produzcan diesel oil con componente de origen vegetal, deberán cumplir con las especificaciones del Reglamento de Calidad de Carburantes y Lubricantes.
Artículo 5°.- (Comercializacion) El productor de diesel oil con componente de origen vegetal, que no sea una refinería, comercializará este producto a través de distribuidores minoristas autorizados.
Artículo 6°.- (IEHD) La comercialización de diesel oil con componente de origen vegetal esta alcanzada por el IEHD.
En el caso del diesel oil de origen mineral utilizado como materia prima para la obtención de diesel oil con componente de origen vegetal, cuando el productor de este último producto no sea una refinería, se tomará el IEHD pagado por el diesel oil de origen mineral como pago a cuenta del IEHD que corresponda pagar por el diesel oil con componente de origen vegetal resultante.
Artículo 7°.- (Reglamentacion)
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 27972, 11 de enero de 2005 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Incrementar la oferta nacional de Diesel Oil, incorporando componentes de origen vegetal y, cumpliendo con las especificaciones de calidad vigentes. | ||||
Keywords | Gaceta 2710, 2005-01-14, Decreto Supremo, enero/2005 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25526 | ||||
Referencias | 2005.lexml | ||||
Creador | Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, Jose Antonio Galindo Neder, Saul Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, Luis Carlos Jemio Mollinedo, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe Lopez, Jorge Urquidi Barrau, Guillermo Torres Orias, Maria Soledad Quiroga Trigo, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.