Bolivia: Decreto Supremo Nº 27966, 7 de enero de 2005

CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que por Decreto Supremo Nº 27957 de 24 de diciembre de 2004, se amplió, modificó y actualizó la normativa contenida en el Reglamento de 5 de diciembre de 1888, que regula la Ley de Inscripción de Derechos Reales de 15 de noviembre de 1887, concordando con las disposiciones del Código Civil y otras disposiciones legales relativas al funcionamiento y organización del Sistema de Registro de Derechos Reales, sobre bienes inmuebles, muebles sujetos a registro y derechos reales registrables;
  • Que es necesario aclarar la norma reglamentaria mencionada.

EN CONSEJO DE GABINETE,

DECRETA:

Artículo 1°.- Se modifica el artículo 27 del Decreto Supremo Nº 27957 de 24 de diciembre de 2004, quedando con la redacción siguiente:

“ARTICULO 27.- EXCEPCION al ANTECEDENTE DOMINIAL).-
I. El requisito señalado en el Artículo anterior no será necesario cuando el documento sea Constitutivo del derecho de propiedad agraria; no obstante, en este caso, figurará como primer asiento de Titularidad, el Estado Boliviano.
II. No se registrará como propiedad privada ningún tipo de propiedad del Estado que por mandato constitucional o legal este prohibida su adquisición por particulares. En este caso se procederá a la inmediata cancelación de la partida correspondiente, sin perjuicio de las responsabilidades que correspondan sobre los funcionarios públicos que ordenaren o ejecutaren este acto.”

Artículo 2°.- Se deroga el artículo 27 del Decreto Supremo Nº 27957 de 24 de diciembre de 2004.


Los señores Ministros de Estado en sus respectivos Despachos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de enero del año dos mil cinco.
Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Jorge Gumucio Granier Ministro Interino de RR. EE. y Culto, José Antonio Galindo Neder, Saúl Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, Luis Carlos Jemio Mollinedo, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe Lopez , Jorge Urquidi Barrau, Guillermo Torres Arias, Maria Soledad Quiroga Trigo, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 27966, 7 de enero de 2005
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe modifica el artículo 27 del Decreto Supremo 27957 de 24 /12/ 2004, (Inscripción de Derechos Reales)
KeywordsGaceta 2708, 2005-01-07, Decreto Supremo, enero/2005
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25520
Referencias2005.lexml
CreadorFdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Jorge Gumucio Granier Ministro Interino de RR. EE. y Culto, José Antonio Galindo Neder, Saúl Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, Luis Carlos Jemio Mollinedo, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe Lopez , Jorge Urquidi Barrau, Guillermo Torres Arias, Maria Soledad Quiroga Trigo, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-27957] Bolivia: Reglamento, modificación y actualización a la Ley de Inscripción de Derechos Reales, DS Nº 27957, 24 de diciembre de 2004
REGLAMENTO, MODIFICACIÓN Y ACTUALIZACION A LA LEY DE INSCRIPCIÓN DE DERECHOS REALES.

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