Bolivia: Decreto Supremo Nº 27720, 9 de septiembre de 2004

CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Artículo 22 de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990 - Ley de Administración y Control Gubernamentales y, la Ley Nº 2446 de 19 de marzo de 2003 - Ley de Organización del Poder Ejecutivo, establecen que el Ministerio de Hacienda es el Organo Rector del Sistema Presupuestario.
  • Que el Capítulo V de la Ley Nº 1178, norma la Responsabilidad por la función Pública.
  • Que el Artículo 8 del Decreto Supremo Nº 27327 de 31 de enero de 2004, establece la racionalización de los gastos en las entidades públicas, determina que mediante Decreto Supremo serán aprobados los incrementos en las partidas de gasto de consultorías 25200 “Estudios e Investigaciones”, 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión” y 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcción de Bienes de Dominio Público”.
  • Que el Ministerio de Servicios y Obras Públicas ha solicitado que se efectúe un traspaso presupuestario interinstitucional entre el Ministerio de Hacienda (Tesoro General de la Nación) y dicha Cartera de Estado, con el fin de que esta última asuma defensa en el proceso arbitral instaurado contra la República de Bolivia por la Empresa Aguas del Tunari, aspecto que incide, entre otras, en la partida presupuestaria 25200 “Estudios e Investigaciones”.
  • Que habiendo sido aprobado por CONAPES, según lo establecido por el Artículo 7 de la Ley Nº 2627 de 30 de diciembre de 2003, es necesario dictar la presente disposición.

EN CONSEJO DE GABINETE,

DECRETA:

Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto aprobar el incremento en la Partida 25200 del Ministerio de Servicios y Obras Públicas, para afrontar los gastos por el asesoramiento legal que brinda el Estudio de Abogados Crowell & Moring en la demanda interpuesta ante el Centro Internacional para el Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones - CIADI, por la Empresa Aguas del Tunari S. A. en contra de la República de Bolivia.

Artículo 2°.- (Aprobacion) Se aprueba el incremento en la Partida 25200 “Estudios e Investigaciones” por la suma de Bs.2.812.212.- (DOS MILLONES novecientos doce mil DOSCIENTOS doce 00/100 BOLIVIANOS) del Ministerio de Servicios y Obras Públicas, de conformidad con las previsiones del Anexo Nº 1, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo.

Artículo 3°.- (Administracion y control) El Ministerio de Hacienda establecerá los mecanismos necesarios para el registro de las modificaciones presupuestarias en el Sistema Integrado de Gestión y Modernización Administrativa - SIGMA.


Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Hacienda y, Servicios y Obras Públicas quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de septiembre del año dos mil cuatro.
Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Saúl Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, José Antonio Nogales Zabala Ministro Interino de Hacienda, Gustavo Pedraza Mérida, Julio Fernando Cajías de la Vega Ministro Interino de Desarrollo Económico, Jorge Urquidi Barrau, Guillermo Torres Orias, Maria Soledad Quiroga Trigo, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Maria Eugenia Choque Quispe Ministra Interina Sin Cartera Responsable de Asuntos Indígenas y Pueblos Originarios.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 27720, 9 de septiembre de 2004
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAprobar el incremento en la Partida 25200 del Ministerio de Servicios y Obras Públicas, (Gastos para la demanda interpuesta, por la Empresa Aguas del Tunari S.A.)
KeywordsGaceta 2647, 2004-09-16, Decreto Supremo, septiembre/2004
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25273
Referencias2004.lexml
CreadorFdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Saúl Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, José Antonio Nogales Zabala Ministro Interino de Hacienda, Gustavo Pedraza Mérida, Julio Fernando Cajías de la Vega Ministro Interino de Desarrollo Económico, Jorge Urquidi Barrau, Guillermo Torres Orias, Maria Soledad Quiroga Trigo, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Maria Eugenia Choque Quispe Ministra Interina Sin Cartera Responsable de Asuntos Indígenas y Pueblos Originarios.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1178] Bolivia: Ley de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO), 20 de julio de 1990
Ley de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO)
[BO-L-2446] Bolivia: Ley de Organización del Poder Ejecutivo (LOPE), 19 de marzo de 2003
Ley de Organización del Poder Ejecutivo
[BO-L-2627] Bolivia: Ley Financial - Presupuesto General del Estado - Gestión 2004, 30 de diciembre de 2003
Se aprueba los presupuestos institucionales del Sector Público, para su vigencia durante la gestión fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de la gestión 2004, por el importe total agregado de Bs. 42.861.415.278.- y el importe total consolidado de Bs. 33.677.200.567.-
[BO-DS-27327] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27327, 31 de enero de 2004
Marco de austeridad racionalizando el gasto de las entidades públicas, exceptuando los Gobiernos Municipales y Universidades.

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