Bolivia: Reglamento sobre Doble Nacionalidad y Recuperación de la Nacionalidad Boliviana, DS Nº 27698, 24 de agosto de 2004

CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

EN CONSEJO DE GABINETE,

DECRETA:

Artículo Único.-

  1. Se aprueba en sus 12 Artículos, el Reglamento sobre Doble Nacionalidad y Recuperación de la Nacionalidad Boliviana, que forma parte del presente Decreto Supremo, y que regula lo dispuesto por el Artículo 39 de la Constitución Política del Estado.
  2. Se abroga y deroga todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo.


Los Señores Ministros de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Culto y, Gobierno quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los vienticuatro días del mes de agosto del año dos mil cuatro.
Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Saúl Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Jorge Urquidi Barrau, Guillermo Torres Orias, Maria Soledad Quiroga Trigo, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Víctor Barrios Arancibia Ministro Interino de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Reglamento sobre Doble Nacionalidad y Recuperación de la Nacionalidad Boliviana, DS Nº 27698, 24 de agosto de 2004
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioReglamento sobre Doble Nacionalidad y Recuperación de la Nacionalidad Boliviana.
KeywordsGaceta 2644, 2004-08-27, Decreto Supremo, agosto/2004
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25252
Referencias2004.lexml
CreadorFdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Saúl Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Jorge Urquidi Barrau, Guillermo Torres Orias, Maria Soledad Quiroga Trigo, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Víctor Barrios Arancibia Ministro Interino de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-2631] Bolivia: Ley Nº 2631, 20 de febrero de 2004
Se reforma la Constitución Política del Estado en sus siguientes Artículos 1°, 4°, 23°, 38°, 39°, 52°, 61°, 71°, 95°, 120°, 222°, 223°, 224°, 231°, y 232°
[BO-CPE-20040413] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2004, 13 de abril de 2004
Constitución Política del Estado de 2004
[BO-L-2650] Bolivia: Ley Nº 2650, 13 de abril de 2004
Texto completo de la Constitución Politica del Estado

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