Bolivia: Decreto Supremo Nº 27680, 18 de agosto de 2004

CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que Bolivia tiene invalorables riquezas culturales, cuya tradición histórico-cultural es reconocida fuera del país; por lo que, es deber del Estado proteger el acervo artístico y cultural de la Nación, velando por la buena conservación de los tesoros artísticos, históricos y arqueológicos que posee.
  • Que en el Estado de New York de los Estados Unidos de Norteamérica, el Museo Metropolitano de Arte de New York está organizando la exposición internacional denominada “Tapestries and Silverwork from the Colonial Andes”, del 27 de septiembre al 12 de diciembre de 2004, con la finalidad de exhibir obras de la expresión artística andina en tapiz y platería de los siglos XVI y XVIII.
  • Que mediante Notas dirigidas al Director del Museo Nacional de Etnografía y Folklore el 24 de febrero de 2004, al Presidente de la Fundación Cultural del Banco Central de Bolivia el 1 de abril de 2002, al Honorable Alcalde de la ciudad de La Paz el 21 de marzo de 2002 y al Viceministro de Cultura el 9 de marzo de 2004, se solicitó en calidad de préstamo las obras: “Cofre de Madera de Estilo Kero”, “Uncu Miniatura con Monograma” y “La Virgen del Cerro Rico”, con la finalidad de ser exhibidas en la muestra “Tapestries and Silverwork from the Colonial Andes”.
  • Que mediante Resolución del Consejo de Administración de la Fundación Cultural del Banco Central de Bolivia Nº 020/2004 de 6 de abril de 2004, se aprobó el préstamo de la pieza textil “Uncu Miniatura con Monograma”, que se encuentra bajo custodia del Museo Nacional de Etnografía y Folklore para su exposición en el Museo Metropolitano de Arte de New York.
  • Que mediante Resolución del Consejo de Administración de la Fundación Cultural del Banco Central de Bolivia Nº 046/2004 de 22 de junio de 2004, se aprobó el préstamo de la pintura titulada “Virgen Cerro” de propiedad de la Casa Nacional de la Moneda, para su exposición en el Museo Metropolitano de Arte de New York.
  • Que mediante Ordenanza Municipal G. M. L. P. Nº 219/2004 de 8 de junio de 2004, se autorizo al Ejecutivo Municipal el préstamo del “Cofre de Madera Estilo Keru” perteneciente al Museo de la Casa de Murillo, al Museo Metropolitano de Arte de New York.
  • Que el Decreto Supremo Nº 05918 de 6 de noviembre de 1961, en su Artículo 5, señala que el Estado protegerá y conservará los objetos que sean declarados Monumentos Nacionales, o aquellos considerados de valor o interés histórico, artístico o arqueológico, por resolución expresa y previo asesoramiento adecuado. Asimismo el mencionado Decreto Supremo permite la salida temporal de objetos de la riqueza artística, cultural y arqueológica con destino a exposiciones temporales, previa constitución de garantías y seguros adecuados para su perfecta preservación y restitución, marco en el cual el Museo Metropolitano de Arte de New York ha contratado los Seguros contra Todo Riesgo para las tres obras solicitadas en calidad de préstamo.
  • Que es necesario liberar a las obras de arte del pago de todo gravamen o tributo aduanero e impuestos de toda especie a su reingreso al país, de conformidad al Artículo 135 del Decreto Supremo Nº 25870 de 11 de agosto de 2000 reglamentario a la Ley Nº 1990 de 28 de julio de 1999 - Ley General de Aduanas.
  • Que es competencia del Ministro de Desarrollo Económico, a través del Viceministro de Cultura la protección y difusión del patrimonio cultural del país.

EN CONSEJO DE GABINETE,

DECRETA:

Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar la salida temporal de piezas de arte para su exposición temporal en la muestra titulada “Tapestries and Silverwork from the Colonial Andes”, a realizarse en la ciudad de New York de los Estados Unidos de Norte América.

Artículo 2°.- (Autorizacion) Se autoriza al Museo Nacional de Etnografía y Folklore, Museo Nacional de la Casa de la Moneda en Potosí y a la Honorable Alcaldía Municipal de La Paz, a través de su Oficialía Mayor de Cultura, la salida temporal de la pieza textil “Uncu Miniatura con Monograma” bajo custodia del Museo Nacional de Etnografía y Folklore; de la “Virgen Cerro” de propiedad de la Casa Nacional de la Moneda y del “Cofre de Madera Estilo Keru” de propiedad del Museo de la Casa de Murillo, para su exposición temporal en la muestra titulada “Tapestries and Silverwork from the Colonial Andes”, a realizarse en la ciudad de New York de los Estados Unidos de Norte América del 27 de septiembre al 12 de diciembre de 2004.

Artículo 3°.- (Salida y permanencia temporal de las piezas) La salida y permanencia temporal de las piezas, así como su puntual retorno al país, serán garantizadas satisfactoriamente por las pólizas de seguro que los organizadores deben presentar antes de su embarque, mismas que tendrán vigencia durante todo el tiempo que las piezas se encuentren fuera del país y que cubrirán todo tipo de riesgo, daños físicos o de otra índole hasta su retorno. La omisión de entrega de este documento, dejará sin efecto la autorización de salida otorgada mediante el presente Decreto Supremo.

Artículo 4°.- (Liberacion de pago de tributos aduaneros) Se libera a las obras de arte, del pago de todo gravamen o tributo aduanero e impuestos de toda especie a su reingreso al país, de conformidad al Artículo 135 del Decreto Supremo Nº 25870 reglamentario a la Ley Nº 1990 - Ley General de Aduanas.


Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Hacienda y Desarrollo Económico, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en Palacio de Gobierno en la Ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de agosto del año dos mil cuatro.
Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT , Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Saúl Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Jorge Urquidi Barrau, Guillermo Torres Orias, Maria Soledad Quiroga Trigo, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Victor Barrios Arancibia Ministro Interino de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 27680, 18 de agosto de 2004
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutorizar la salida temporal de piezas de Arte para su exposición temporal en la muestra titulada “Tapestries and Silverwork from the Colonial Andes”, a realizarse en la ciudad de New York (USA).
KeywordsGaceta 2639, 2004-08-19, Decreto Supremo, agosto/2004
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25234
Referencias2004.lexml
CreadorFdo. CARLOS D. MESA GISBERT , Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Saúl Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Jorge Urquidi Barrau, Guillermo Torres Orias, Maria Soledad Quiroga Trigo, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Victor Barrios Arancibia Ministro Interino de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1990] Bolivia: Ley General de Aduanas, 28 de julio de 1999
Ley General de Aduanas, publicado en Gaceta Oficial N° 2152
[BO-DS-25870] Bolivia: Reglamento a la Ley de Aduanas (Ley 1990), DS Nº 25870, 11 de agosto de 2000
REGLAMENTO A LA LEY DE ADUANAS (Ley 1990)

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