CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE GABINETE,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto la suscripción de la ampliación del convenio de crédito y la correspondiente ampliación del contrato de obra, para los proyectos de construcción de los tramos Santa Bárbara - Camargo - Cuchu Ingenio de la carretera Tarija - Potosí y Bella Vista - Vitichi de la carretera Potosí - Villazón.
Artículo 2°.- (Autoriza suscripcion de Convenio) Se autoriza al Servicio Nacional de Caminos - SNC a suscribir en representación del Ministerio de Hacienda, el Convenio Ampliatorio de Crédito con la República Federativa del Brasil a través de su agente el Banco Do Brasil - PROEX, por el monto de $us.120.000.000, 00 (CIENTO VEINTE MILLONES 00/100 DOLARES AMERICANOS)
Artículo 3°.- (Autoriza ratificar Convenio) Se autoriza al Ministerio de Hacienda en el marco del Artículo 11 de la Ley Nº 1178 - SAFCO, ratificar el Convenio Ampliatorio de Crédito señalado en el Artículo 2 del presente Decreto Supremo y a proseguir los trámites necesarios para la transferencia del crédito a favor del Servicio Nacional de Caminos - SNC en su calidad de Organismo Ejecutor.
Artículo 4°.- (Instruye suscripcion de ampliacion de contrato) Se instruye al Presidente Ejecutivo del Servicio Nacional de Caminos que, una vez firmado el Convenio Ampliatorio de Crédito con la República Federativa del Brasil a través de su agente el Banco Do Brasil - PROEX, suscriba la ampliación del contrato de obra con la empresa Queiroz Galvao por un monto de $us.149.000.000, 00 (CIENTO CUARENTA Y NUEVE MILLONES 00/100 DOLARES AMERICANOS) para los proyectos de construcción y pavimentación de los tramos Santa - Bárbara - Camargo - Cuchu Ingenio de la carretera Tarija Potosí y de Bella Vista - Vitichi de la carretera Potosí - Villazón, en las condiciones establecidas en el Acuerdo Pre - Contractual suscrito el 20 de noviembre de 2003.
Artículo 5°.- (Autoriza destinar diferencia financiera) Se autoriza al Servicio Nacional de Caminos a destinar la diferencia resultante entre el monto total del financiamiento obtenido $us.180.000.000 (CIENTO OCHENTA MILLONES 00/100 DOLARES AMERICANOS), y el precio establecido en el contrato para la construcción, por orden de prioridad a cubrir los costos de la Supervisión y a la ejecución del proyecto de construcción en el tramo Vitichi hasta por lo menos Cotagaita, conforme a los precios unitarios negociados y aceptados para el proyecto.
Artículo 6°.- (Vigencia de normas) Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 27260, 28 de noviembre de 2003 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Suscribir la ampliación del convenio de crédito y la correspondiente ampliación del contrato de obra, para los proyectos de construcción de los tramos Santa Bárbara - Camargo - Cuchu Ingenio de la carretera Tarija - Potosí y Bella Vista - Vitichi de la carretera Potosí - Villazón. | ||||
Keywords | Gaceta 2542, 2003-12-04, Decreto Supremo, noviembre/2003 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/24815 | ||||
Referencias | 2003.lexml | ||||
Creador | Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Alfonso Ferrufino Valderrama, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Armando Ortuño Yánez Ministro Interino de Desarrollo Sostenible, Xavier Nogales Iturri, Jorge Urquidi Barrau, Mauricio Bernardo Galleguillos Ministro Interino de Mineria e Hidrocarburos, Donato Ayma Rojas, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Justo Seoane Parapaino. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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