CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE GABINETE,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El objeto del presente Decreto Supremo es modificar el Decreto Supremo Nº 26676 de 2 de julio de 2002, que norma el uso y tratamiento de los símbolos Presidenciales.
Artículo 2°.- (Modificacion al articulo 3 del Decreto Supremo Nº 26676) Se modifica el Artículo 3 del Decreto Supremo Nº 26676, de la siguiente manera:
“Artículo 3.- (USO DE LA MEDALLA PRESIDENCIAL). La Medalla del Libertador Simón Bolívar será utilizada en el Aniversario de la Independencia de la República, la Transmisión de Mando Presidencial y actos protocolares cuya importancia lo justifique.”
Artículo 3°.- (Modificacion al articulo 4 del Decreto Supremo Nº 26676) Se modifica el Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 26676, de la siguiente manera:
“Artículo 4.- (USO DE LA BANDA PRESIDENCIAL).
I. La Banda Presidencial, que llevará los colores de la Bandera Nacional, el Escudo de la República al centro, la escarapela y un borlón, será utilizada en el aniversario de la Independencia de la República, Efemérides Departamentales y, el 23 de marzo, acto Cívico Militar recordatorio de la defensa de Calama.
II. En caso de que el Presidente de la República decida utilizar la Medalla Presidencial conjuntamente a la Banda Presidencial, esta última no llevará el Escudo de la República.”
Artículo 4°.- (Modificacion al articulo 5 del Decreto Supremo Nº 26676) Se modifica el Artículo 5 del Decreto Supremo Nº 26676, de la siguiente manera:
“Artículo 5.- (USO DEL BASTON PRESIDENCIAL). El Presidente de la República, en su calidad de Capitán General de las Fuerzas Armadas de la Nación, recibirá del Alto Mando Militar el Bastón de mando Presidencial para usarlo en los actos castrenses.”
Artículo 5°.- (Vigencia de normas) Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 27227, 30 de octubre de 2003 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Modificar el Decreto Supremo N° 26676 de 2 /07/ 2002, que norma el uso y tratamiento de los símbolos Presidenciales. | ||||
Keywords | Gaceta 2532, 2003-11-04, Decreto Supremo, octubre/2003 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/24782 | ||||
Referencias | 2003.lexml | ||||
Creador | Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Jorge Gumucio Granier Ministro Interino de RR. EE. y Culto, José Antonio Galindo Neder, Alfonso Ferrufino Valderrama, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Jorge Cortes Rodríguez, Xavier Nogales Iturri, Jorge Urquidi Barrau, Alvaro Ríos Roca, Donato Ayma Rojas, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Robert Barbery Anaya, Justo Seoane Parapaino. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.