CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto ampliar el plazo para la calificación de rentas de jubilación por parte de la Corporación del Seguro Social Militar - COSSMIL.
Artículo 2°.- (Institucion responsable de calificacion de rentas)
Artículo 3°.- (Transferencia de recursos de AFP's a TGN) Los saldos de las Cuentas Individuales de los afiliados a las Administradoras de Fondos de Pensiones - AFP's del sector de las Fuerzas Armadas de la Nación, que se hubiesen acogido a la jubilación hasta el 31 de diciembre de 2002, deberán ser transferidos al Tesoro General de la Nación - TGN en el plazo de 30 días hábiles a partir de la promulgación del presente Decreto Supremo. Los saldos de las Cuentas Individuales de las personas que se acogerán a la jubilación en la gestión 2003 deberán ser transferidos al momento de la culminación de su trámite de jubilación.
Artículo 4°.- (Consejo Interinstitucional)
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 26957, 11 de marzo de 2003 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Ampliar el plazo para la calificación de rentas de jubilación por parte de la Corporación del Seguro Social Militar - COSSMIL. | ||||
Keywords | Gaceta 2468, 2003-03-14, Decreto Supremo, marzo/2003 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/24512 | ||||
Referencias | 2003.lexml | ||||
Creador | Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Alfredo Seoane Flores Ministro Interino de RR. EE. y Culto, José Guillermo Justiniano Sandoval Ministro de la Presidencia e Interino de Justicia y Derechos Humanos, Yerko Kuckoc del Carpio, Freddy Teodovich Ortiz, Rubén Ferrufino Ministro Interino de Hacienda, Luis F. Peredo Rojas Ministro Interino de Desarrollo Económico e Interino de Comercio Exterior e Inversión, Hugo Carvajal Donoso, Javier Tórres Goitia Caballero, Juan Walter Subirana Suárez, Arturo Liebers Valdivieso, Moira Paz Estensoro, Carlos Morales Landivar, Fernando Illanes de la Riva. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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