Bolivia: Decreto Supremo Nº 26652, 14 de junio de 2002

JORGE QUIROGA RAMIREZ
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que de acuerdo a lo determinado en el Artículo 47º de la Constitución Política del Estado, el Honorable Congreso Nacional puede reunirse extraordinariamente por convocatoria del Poder Ejecutivo, para tratar los asuntos consignados en la convocatoria.
  • Que, de conformidad al Artículo 96º inciso 5 de la Constitución Política del Estado, es atribución del Presidente de la República convocar al Honorable Congreso Nacional a sesiones extraordinarias.
  • Que debiendo tratarse asuntos urgentes que se encuentran pendientes de consideración y tratamiento legislativo.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Convócase al Honorable Congreso Nacional a sesiones extraordinarias, a objeto de considerar los siguientes asuntos:
- Tratamiento del Proyecto de Ley de Necesidad de Reforma de la Constitución Política del Estado.
- Resoluciones Senatoriales
- Designaciones.

Artículo 2°.- El H. Congreso Nacional se instalará y funcionará en la ciudad de La Paz , a partir del 3 de julio de 2002, de conformidad a lo determinado por el Artículo 47º de la Constitución Política del Estado.


El señor Ministro de Estado en el Despacho de la Presidencia, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de junio del año dos mil dos.
Fdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Alberto Zelada Castedo MINISTRO INTERINO DE RR. EE. Y CULTO, Alberto Leytón Avilés, José Luis Lupo Flores, Oscar Guilarte Luján, Jacques Trigo Loubiere, Carlos Alberto Goitia Caballero, Carlos Kempff Bruno, Ivan Tavel Torres MINISTRO INTERINO DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES, Enrique Paz Argandoña, Mario Galindo Soza MINISTRO INTERINO DE TRABAJO Y MICROEMPRESA, Walter Núñez Rodríguez, Ramiro Cavero Uriona, Claudio Mansilla Peña, Xavier Nogales Iturri, Fdo. Hernán Terrazas Ergueta, Tomasa Yarhui Jacome.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 26652, 14 de junio de 2002
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioConvócase al Honorable Congreso Nacional a sesiones extraordinarias.
KeywordsGaceta 2409, 2002-07-02, Decreto Supremo, junio/2002
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/24207
Referencias2002.lexml
CreadorFdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Alberto Zelada Castedo MINISTRO INTERINO DE RR. EE. Y CULTO, Alberto Leytón Avilés, José Luis Lupo Flores, Oscar Guilarte Luján, Jacques Trigo Loubiere, Carlos Alberto Goitia Caballero, Carlos Kempff Bruno, Ivan Tavel Torres MINISTRO INTERINO DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES, Enrique Paz Argandoña, Mario Galindo Soza MINISTRO INTERINO DE TRABAJO Y MICROEMPRESA, Walter Núñez Rodríguez, Ramiro Cavero Uriona, Claudio Mansilla Peña, Xavier Nogales Iturri, Fdo. Hernán Terrazas Ergueta, Tomasa Yarhui Jacome.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-19940812] Bolivia: Constitución política de 1994, 12 de agosto de 1994
Constitución política de 1967 con reformas de 1994

Referencias a esta norma

[BO-DS-26670] Bolivia: Decreto Supremo Nº 26670, 27 de junio de 2002
Inclúyase en el orden del día del Congreso Extraordinario a realizarse a partir del 3 /07/l 2002 Ley de complementación del Código de Minería Convenios Internacionales y
[BO-DS-26710] Bolivia: Decreto Supremo Nº 26710, 23 de julio de 2002
Inclúyase en el orden del día del Congreso Extraordinario que viene realizándose desde el 3 /07/l 2002: Ley de Juicio de Responsabilidades a Altos Dignatarios de Estado.

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