CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Autorizacion) Se autoriza a la Empresa Nacional Televisión Boliviana, para que transmita con carácter gratuito la proclamación de los candidatos a Presidente y Vicepresidente de la República, de los partidos políticos que estén debidamente reconocidos por la Corte Nacional Electoral.
La cobertura televisiva se efectuará previo pedido de cada partido político, debiendo realizarse la respectiva coordinación con el Ministerio Sin Cartera Responsable de la Información Gubernamental.
Artículo 2°.- (Duracion) La transmisión del acto de proclamación de los candidatos a Presidente y Vicepresidente de la República será por una sola vez y por lapso de una hora.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 26493, 31 de enero de 2002 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se autoriza a la Empresa Nacional Televisión Boliviana, a transmitir con carácter gratuito la proclamación de los candidatos a Presidente y Vicepresidente de la República. | ||||
Keywords | Gaceta 2378, 2002-02-28, Decreto Supremo, enero/2002 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/24049 | ||||
Referencias | 2002.lexml | ||||
Creador | Fdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Gustavo Fernández Saavedra, José Luís Lupo Flores, Leopoldo Fernández Ferreira, Oscar Guilarte Lujan, Jacques Trigo Loubiere, Mario Serrate Ruíz, Carlos Kempff Bruno, Amalia Anaya Jaldín, Enrique Paz Argandoña, Juan Antonio Chahín Lupo, Walter Núñez Rodríguez, Ramiro Cavero Uriona, Claudio Mansilla Peña, Xavier Nogales Iturri, Mauro Bertero Gutiérrez, Wigberto Rivero Pinto. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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